Resolución N° 3.872/024 .
Minas, 26 de Noviembre de 2024.
VISTO: la solicitud presentada por el Centro Caif Grillita y Grillín, en el marco del expediente N° 2024 24255.
CONSIDERANDO: I) que en el Expediente N° 2013-1711, se autorizó por Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 3892/013, de 10 de julio de 2013, la realización de un contrato de comodato entre la Intendencia Departamental de Lavalleja y el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay.
II) que el mencionado comodato se realizó en los padrones Nos. 56 a 58 de la 2da Sección Catastral de Lavalleja.
III) que en el contrato se estableció la obligación de solicitar una manifestación expresa de la autoridad departamental en caso de la realización de modificaciones de índole edilicia en la estructura del edificio.
IV) que la Sra. Presidente del citado CAIF, Ing. Marina Monteagudo se ha presentado efectuando la solicitud para realizar las reformas edilicias que requiere el inmueble.
V) que se entiende pertinente acceder a lo solicitado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales,
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Autorícese al Centro Caif Grillita y Grillín, la realización de las obras edilicias requeridas en los padrones Nos. 56 a 58 de la 2da Sección Catastral de Lavalleja.
2°.- Notifíquese a la Ing. Marina Monteagudo, Presidente del Centro Caif Grillita y Grillín.
3°.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General