Resolución N° 3.935/025 .
Minas, 7 de octubre de 2025
VISTO: el oficio N° 269/025, del Municipio de Solís de Mataojo, de 6 de octubre de 2025.
RESULTANDO: que en ocasión de la organización de la 52 Semana de Lavalleja, solicita contribución económica para la organización del evento que se realizará en el referido Municipio.
CONSIDERANDO: que este ejecutivo departamental pretende descentralizar la principal fiesta popular del departamento, fomentando la participación de los Municipios en su organización, en conjunto con la Comisión de la 52 Semana de Lavalleja que se conformó a tales efectos.
ATENTO: a sus facultades legales
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Previa intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la Comisión de "52ª Semana de Lavalleja", con la suma de $ 400.000 (pesos uruguayos cuatrocientos) para gastos mencionados en oficio N° 269/025, del Municipio de Solís de Mataojo, de 6 de octubre de 2025, según detalle:
DETALLE IMPORTE $
Escenario techado, iluminación, DJ, musicalización, pantalla led 4x3 circuito cerrado de cámaras 75.000
Seguridad 13.000
Eduardo Cotto - presentador 5.000
Esteban Baz - presentador 5.000
Juegos inflables Divertifiestas 24.000
Banda los Patos 7.000
Show Pepa 8.000
Los gauchos no piden permiso 25.000
Otra Historia 18.000
Martin Piña 70.000
Marka Akme y Jotape 150.000
2°.- Pase a Dirección General de Hacienda para que proceda a disponer la liquidación, depositándose dicha suma en la cuenta del Municipio de Solís de Mataojo.
3°.- Notifíquese a dicho municipio, por medio de la Comisión Organizadora que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF ( presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005.
4°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
5°.- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
