Resolución N° 4.031/023 .

Compra directa.

                                                                                                                             Minas, 19 de octubre de 2023

VISTO: el oficio N° 6/023, del CECOED, de 31 de agosto de 2023.
 
RESULTANDO: I) Que la referida comunicación da cuenta de las circunstancias de los eventos meteorológicos ocurridas el día 17 de agosto del presente año estableciendo la situación de afectación a gran cantidad de viviendas de familias del departamento e identificando la necesidad de instrumentar urgentes medidas de ayuda tendientes a mitigar la situación.
II) Que la Dirección General de Servicios Sociales informa que para garantizar las condiciones mínimas de habilidad en las viviendas afectadas, favoreciendo el derecho a la vivienda digna el cual se ha visto vulnerado por causas que exceden a las personas damnificadas. Esta situación tiene especial repercusión en las infancias, adultos mayores y personas en situación de discapacidad o con padecimientos de salud.
III) Que del informe de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura - surge que para atender prontamente la situación es necesario adquirir los materiales necesarios para las reparaciones de acuerdo al listado adjunto.
 
CONSIDERANDO: I) Que el artículo 33 literal D, numeral 10, del TOCAF regula la causal de excepción denominada de urgencia.
II) Que el artículo 45 de la Constitución de la República establece: “Todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa.”, mientras que el numeral 15 del artículo 35 de la ley 9.515 dispone que es competencia del Intendente “Velar, del mismo modo que la Junta, y por los mismos medios, por la conservación de los derechos individuales de los habitantes del Departamento;”.
III) Que la situación fáctica planteada es de público conocimiento y ha escapado a la previsibilidad, las condiciones existentes han superado tanto en la gravedad como en la cantidad de familias afectadas con respecto a años anteriores constituyendo su atención una urgencia. Consecuentemente la realización de un procedimiento de licitación supondría que la ayuda a las personas afectadas viviendas se brinde fuera de tiempo y por tanto sería ineficiente.
 
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
                                                                            RESUELVE:
1º.- Procédase a la realización de la compra directa por vía de excepción de los artículos mencionados en el listado adjunto al informe N° 1.162/023, de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura -.
 
2º.- Pase a Dirección General de Hacienda - Sección Adquisiciones para su trámite.
 
3º.- Siga a la Dirección General de Servicios Sociales y de la Dirección General de Ordenamiento Urbano y Territorial - Departamento de Arquitectura - para su conocimiento.
 
4º.- Cumplido, archívese.

 

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General