Resolución N° 4.073/025 .

Colaboración con grupo de tripulantes para su participación en Campeonato Uruguayo de Rally.

Minas, 13 de Octubre de 2025. 

VISTO: la solicitud presentada por los Sres. Nicolás Ximénez, Guillermo Rodríguez, Germán Fernández, Martín Piquinela, Diego Falco, de 9 de octubre de 2025. 

RESULTANDO: que eleva solicitud presentada por el grupo de tripulantes de Lavalleja, solicitando apoyo para participar en la séptima fecha del Campeonato Uruguayo de Rally, a disputarse en Mariscala los días 17, 18 y 19 de octubre de 2025. 

CONSIDERANDO: conforme el Art. 274 de la Constitución de la República Oriental de Uruguay que dispone que al Intendente Departamental le corresponden las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental, siendo esta una fiesta de índole deportiva que se realiza varias veces al año y congrega miles de personas, por lo que se entiende pertinente acceder a lo solicitado. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                          RESUELVE: 

1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con las siguientes tripulaciones según el siguiente detalle: 

- Germán Fernández , Martín Piquinela: $ 23.000 (pesos uruguayos veintitrés mil)

- Diego Falco, Nicolás Ximénez: $ 23.000 (pesos uruguayos veintitrés mil)

- Guillermo Rodríguez: $ 11.500 (pesos uruguayos once mil quinientos) 

2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Contaduría – para que liquide el importe de referencia a nombre del Sr. Nicolás Ximénez, cédula de Identidad N° xxxxxx- en la cuenta Scotiabank, caja de ahorros pesos N° xxxxxxxx.

3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF, (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

4°.- Siga a Sección Auditoría Permanente para su conocimiento y contralor. 

5°.- Luego, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General