Resolución N° 436/026 .
Minas, 28 de Enero de 2026.
VISTO: el convenio celebrado entre la Intendencia Departamental de Lavalleja y la Asociación de Empleados y Obreros de Lavalleja (ADEOM) suscripto con fecha 9 de enero de 2026.
RESULTANDO: I) Que el referido convenio será de aplicación a todos los funcionarios de todos los escalafones de la Intendencia Departamental de Lavalleja cuyas remuneraciones se perciban con cargo al Rubro 0 y regirá a partir del 1 de enero de 2026;
II) Que se establece que el 1º de enero de 2026 se realizará un ajuste sobre el sueldo base vigente al mes de diciembre de 2025, de los cargos de todos los escalafones de la Intendencia Departamental de Lavalleja, incluyendo a los trabajadores zafrales, tomando en consideración la variación del Indice de Precios al Consumo (IPC) del semestre inmediato anterior fijado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que asciende a 0,89%;
III) Que asimismo, se establece que el 1 de enero de 2026 y hasta la finalización de dicho año, se otorgará un incremento de uno por ciento (1%) sobre el sueldo base vigente al mes de diciembre de 2025, de los cargos de todos los escalafones de la Intendencia Departamental de Lavalleja, incluyendo a los trabajadores zafrales, excluidos los escalafones P y Q;
IV) Que el referido convenio prevé que a partir del 1 de enero de 2026, se modificará la partida por concepto de presentismo (Art. 42 y ss. Decreto No. 2953 y sus modificativas) que se aumentará a seis por ciento (6%) y el beneficio se mantendrá en los casos de licencia por estudio y licencias médicas;
V) Que los viáticos, guardias, quebrantos, inspecciones a ferias ganaderas, trabajos en torres de alumbrado del estadio municipal (subida) y trabajo acoplado, se ajustarán conforme los ejercicios anteriores, acorde a la variación del Indice de Precios al Consumo (IPC) del año inmediato anterior fijado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que asciende a 3,65%;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el art. 275 de la Constitución de la República y Ley No. 18.508 de 26 de junio de 2009;
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°. Dejar sin efecto la resolución No. 334/026, de 21 de enero de 2026;
2°. Fíjese un ajuste de 0,89% sobre el sueldo base vigente al mes de diciembre de 2025 para todos los funcionarios de todos los escalafones de la Intendencia Departamental de Lavalleja cuyas remuneraciones se perciban con cargo al Rubro 0, incluyendo a los trabajadores zafrales, a partir del 1 de enero de 2026;
3°. Fíjese un incremento de 1% sobre el sueldo base vigente al mes de diciembre de 2025, de los cargos de todos los escalafones de la Intendencia Departamental de Lavalleja, incluyendo a los trabajadores zafrales, excluidos los escalafones P y Q, a partir del 1 de enero de 2026;
4°. Fíjese un incentivo de pago mensual por presentismo equivalente al 6% del sueldo nominal que perciba el funcionario al mes anterior al de la fecha de pago el que se abonará conforme el art. 42 y ss del Decreto No. 2953/2011 y sus modificativas;
5°. Fíjese un ajuste de 3,65% sobre viáticos, guardias, quebrantos, inspecciones a ferias ganaderas, trabajos en torres de alumbrado del estadio municipal (subida) y trabajo acoplado;
6°. Pase a la Dirección General de Hacienda para su trámite;
7°. Comuníquese a todas las dependencias Departamentales y Municipales
8°. Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Psic. Yliana Zeballos
