Resolución N° 4.427/025 .

Colaboración con "Centro Despertar".

Minas, 3 de Noviembre de 2025. 

VISTO: el oficio N° 437/025, de 21 de octubre de 2025, de la Dirección General de Servicios Sociales. 

RESULTANDO: que eleva nota presentada por la Maestra Nancy Denis Madeiro, Coordinadora del Centro Despertar (Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Lavalleja); que se solicita colaboración para servicio de comedor. 

CONSIDERANDO: que conforme a los artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay y el artículo 35 de la Ley 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental. 

ATENTO: a sus facultades legales 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                           RESUELVE: 

1°.- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la suma de $ 20.000 (pesos uruguayos veinte mil), en forma mensual, por el período de 12 meses, con el "Centro Despertar" 

2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para que liquide el importe de referencia a nombre de "Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado de Lavalleja", depositando dicha suma en la cuenta BROU N° xxxxx.

3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

4°.- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente. 

5°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General