Resolución N° 4.476/025 .
Minas, 5 de Noviembre de 2025.
VISTO: Lo informado por la Dirección de Hacienda en Oficio N° 121/2025;
RESULTANDO: I) Que se eleva para consideración, la documentación requerida a los efectos de iniciar el trámite correspondiente para la apertura de una línea de crédito ante el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) sujeta a disponibilidad hasta el final de este período de gobierno departamental;
II) Que conforme a dicha documentación el monto máximo que el Banco estaría habilitado a otorgar a esta Intendencia asciende hasta $ 170.893.381 (pesos uruguayos ciento setenta millones ochocientos noventa y tres mil trescientos ochenta y uno)
CONSIDERANDO: I) Que se entiende pertinente solicitar la apertura de dicha línea de crédito por la totalidad del monto antes referido, sujeta a disponibilidad hasta el final de este período de gobierno departamental, con motivo de la situación financiera prevista para el último bimestre del Ejercicio 2025, en tanto los fondos con los que cuenta esta Intendencia podrían ser insuficientes para cubrir la totalidad de los gastos de funcionamiento;
II) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 301 inciso 2 de la Constitución de la República resulta necesaria la anuencia de la Junta Departamental de Lavalleja, previo informe del Tribunal de Cuentas de la República;
III) que por lo expuesto, resulta necesario promover ante el Legislativo Departamental un Decreto que autorice a esta Intendencia a tramitar la apertura de la línea de crédito antes referida;
EL INTENDENTE DE LAVALLEJA RESUELVE:
1o.- Remitir a la Junta Departamental de Lavalleja con iniciativa favorable el proyecto de Decreto que luce a continuación:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Departamental de Lavalleja a solicitar la apertura de una línea crédito ante el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) por un importe total de hasta $ 170.893.381 (pesos uruguayos ciento setenta millones ochocientos noventa y tres mil trescientos ochenta y uno) sujeta a disponibilidad hasta la finalización de este período de gobierno departamental; Artículo 2o.- Comuníquese.
2o.- Comuníquese a la Dirección de Hacienda.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
