Resolución N° 4.511/025 .
Minas, 6 de noviembre de 2025
VISTO: la Resolución N° 3.001/025, de 13 de agosto de 2025.
RESULTANDO: que se padeció error en el punto 1, donde correspondía el cobro de 25 U.R. y no el depósito en garantía, por tratarse de un corte de pavimento.
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente modificar el citado acto administrativo.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Modificase el numeral 1° de la Resolución N° 3001/025, de 13 de agosto de 2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Previo pago de la suma de 25 UR (unidades reajustables veinticinco) correspondientes a prestaciones, autorízase a la empresa Verde Solar, la realización del corte de calle de Minas esquina Mariscala , de la localidad de Mariscala, otorgándose permiso para la realización de la conexión a la red de saneamiento en la mencionada zona".
2°.- Siga o dispuesto por Resolución N° 3.001/025, de 13 de agosto de 2025.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
