Resolución N° 4.540/025 .

Colaboración con Club Atlético River Plate.

Minas, 7 de Noviembre de 2025. 

VISTO: el Oficio N° 273/2025, del Área de Deporte 

RESULTANDO: que eleva nota solicitando la colaboración para el lanzamiento de la 4da. edición Copa Minas, la cual se disputara los días 5, 6 y 7 de diciembre de 2025, con equipos locales y de otros departamentos, a diputarse en Parque Alfredo García Montero. 

CONSIDERANDO: que es positivo para el desarrollo del Departamento apoyar este tipo de eventos dado que fomentan el deporte y la integración de los ciudadanos, asimismo son un atractivo turístico para el Departamento. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                    RESUELVE: 

1° .- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la suma de $ 34.000 (pesos uruguayos treinta y cuatro mil) con el Club Atlético River Plate de Baby Fútbol, para animación de los juegos infantiles del evento a realizarse 5, 6 y 7 de diciembre de 2025. 

2° .- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Contaduría – para que liquide el importe de referencia a nombre del Club River Plate -caja ahorro en pesos xxxxx- cuenta en Banco Scotiabank. 

3°.- Colabórese con el Club River Plate Baby Fútbol con el hospedaje en el Estadio Municipal, Alojamiento en las Barracas Santa Lucía, y Complejos Municipales para los días del evento (según disponibilidad), 2 baños (según disponibilidad), contenedores de basura para el predio, la presencia de Inspectores de tránsito para ordenar el ingreso y egreso del evento, cobertura de personal de prensa en el lanzamiento y difusión del evento, como asimismo la cobertura del Área de Turismo y Familia y Genero en dicha festividad. 

4° .- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

5°.- Pase al Área de Deporte, Dirección General de Tránsito, Servicios Técnicos, Área de Prensa, Área de Turismo y Área de Familia y Genero para su implementación. 

6°.- Radíquese en Auditoría Permanente a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General