Resolución N° 4.920/020 .

Exoneración.

Minas, 3 de Noviembre de 2020

VISTO: la nota presentada por el CENTRO DESPERTAR.

CONSIDERANDO: el Informe Nº 2444/2020 de Dirección Jurídico Notarial, comunicando que la solicitud de obrados cumple con las condiciones para acceder al beneficio fiscal establecido por el artículo 69 de la Constitución de la República y su norma respectiva, artículo 134 de la ley 13.802.

ATENTO: a sus facultades legales.

La Intendente Departamental de Lavalleja; RESUELVE:

1) Exonérase del Impuesto de Contribución Inmobiliaria al Padrón N° 13.319 - 1a. Sección Judicial y Catastral de Lavalleja, con excepción de las tasas correspondientes, desde el ejercicio 2016 en adelante; sin intervención de la Junta Departamental de Lavalleja, ya que la referida exoneración tiene efecto declarativo.

2) Pase a Dirección de Hacienda para su trámite.

3) Notifíquese.

4) Cumplido, archívese.

 

Dra. Adriana Peña

Intendente