Resolución N° 5/026 .

Colaboración con Comisión Administradora del Hogar de Ancianos de Mariscala.

Minas, 2 de Enero de 2026. 

VISTO: el Oficio N° 628/025, del Municipio de Mariscala, eleva nota de la Comisión Administradora del Hogar de Ancianos, del 5 de diciembre de 2025. 

RESULTANDO: que solicitan mantener el apoyo económico que brinda la Intendencia a su Institución para el año 2026. 

CONSIDERANDO: I) que conforme a los artículos 274 y 275 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay y el artículo 35 de la Ley N° 9515 corresponde al Intendente Departamental las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Departamental. 

II) que siendo política de ésta Institución apoyar con la solidaridad de los ciudadanos residentes del Hogar de Ancianos de Mariscala, para mejorar su calidad de vida. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                    RESUELVE: 

1°.- Previa intervención de la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórese con la Comisión Administradora del Hogar de Ancianos de Mariscala, con la suma de $ 20.000 (pesos uruguayos veinte mil) mensuales, a partir del mes de enero hasta diciembre de 2026 inclusive, para solventar parte de los gastos del funcionamiento de dicho hogar. 

2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda para que liquide el importe de referencia a nombre de la Presidenta Sra. Sandra Larrosa y/o Tesorera Gabriela Fernández indistintamente, debiendo ser depositada en cuenta del Banco de la República Oriental del Uruguay N° xxxxxx. 

3°.- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005. 

4°.- Radíquese en el Municipio hasta la presentación de los mismos. 

5°.- Tome nota Auditoría Permanente, cumplido, archívese.

 

Dr. Daniel Ximénez

Intendente

Dra. Arianna Bentos

Secretaria General