Resolución N° 5.165/025 .
Minas, 15 de diciembre de 2025
VISTO: el Oficio N° 575/025, del Municipio de Mariscala, de 10 de noviembre de 2025.
RESULTANDO: que eleva nota presentada por la Comisión del Festival "Entre Sierras y de a Caballo", dónde solicitan colaboración para la edición 2026, el que se realizará los días 20, 21 y 22 de febrero de 2026, en el predio de Sociedad Nativista "La Mariscala".
CONSIDERANDO: que siendo el espectáculo de un gran impacto para la localidad de Mariscala y de gran apoyo a organizaciones sociales de la zona y que ha sido política de éste ejecutivo departamental brindar asistencia a todos aquellos eventos que generen acciones positivas en lo turístico, cultural y social y es por ello que se entiende pertinente brindar colaboración a tales efectos.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1° .- Previa intervención de la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, colabórase con la suma de $ 100.000 (pesos uruguayos ciento mil) con el Festival "Entre Sierras y de a Caballo".
2° .- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Contaduría – para que liquide el importe de referencia a nombre del Sr. Alvaro Méndez , cuenta BROU caja de ahorros en pesos número de cuenta N° xxxxx.
3° .- Notifíquese al gestionante que deberá rendir cuenta en los términos previstos en el artículo 132 del TOCAF (presentar comprobantes de los gastos relacionados con el destino de la colaboración otorgada, en un plazo de sesenta días contados a partir del último día del mes en que se recibieron los fondos o valores, cualquiera sea la fuente de financiación), bajo apercibimiento de que no podrá recibir nuevos fondos públicos de esta Comuna de conformidad con el artículo 416 de la Ley 17930 de 17 de diciembre de 2005, como asimismo que la exoneración del espectáculo debe realizarla en un expediente separado.
4° .- Tome nota y radíquese en Auditoría Permanente.
5° .- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
