Resolución N° 5.329/020 .

Reitérese gasto dispuesto por Resol. N° 4654/020.

Minas, 20 de Noviembre de 2020.

VISTO: el informe N° 954/020 elevado por la Cra. Delegada del Tribunal y Cuentas que antecede, "observando" el gasto dispuesto por Resolución N° 4654/020 de fecha 20/10/020, recaída en obrados.

RESULTANDO: que dicha observación se realiza por carecer de disponibilidad presupuestal para atender el mismo, por un monto de $ 46.574.965,24 (pesos uruguayos cuarenta y seis millones quinientos setenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco con 24/100).

CONSIDERANDO: que dentro de las excepciones para contratar con el Estado "en forma directa" las cuales se establecen en Art. 33 del TOCAF, su numeral 26 establece: "Los contratos con empresas de servicios energéticos públicas y privadas que se encuentren registradas en el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y que se desarrollen bajo el esquema de Contratos Remunerados por Desempeño, en los cuales la inversión sea financiada íntegra o parcialmente por la empresa de servicios energéticos".

ATENTO: a sus facultades legales, la Intendente Departamental de Lavalleja, RESUELVE:

1) Reitérese el gasto dispuesto por la Resolución N° 4654/020 por un monto de $ 46.574.965,24 (pesos uruguayos cuarenta y seis millones quinientos setenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco con 24/100), en virtud de la excepción establecida en art. 33, numeral 26 del TOCAF.

2) Pase a la Cra. Delegada del Tribunal de Cuentas de la República para su conocimiento, siga a Dirección de Hacienda para su trámite luego archívese.

 

Dra. Adriana Peña

  Intendente