Resolución N° 536/024 .

Modificación de Resolución 435/024.

                                                             Minas, 14 de Febrero de 2024

VISTO: la Resolución N° 435/024, de 2 de febrero de 2024.

CONSIDERANDO: I) que se anexan a la citada Resolución las bases para el llamado a concursos en el escalafón administrativo que fueran oportunamente desarrolladas por la Oficina Nacional del Servicio Civil.

II) que en nota remitida por la Asociación de Empleados y Obreros Municipales se señala el beneplácito por la participación de ONSC y por los requerimientos establecidos en las bases.

III) que sin perjuicio de lo anterior, se señala que desde su punto de vista el funcionariado no está en condiciones de asumir exigencias tan altas desde el punto de vista curricular y solicita se revean estos requerimientos.

 IV) que el Ejecutivo Departamental ha trasladado este planteo a ONSC y se ha decidido realizar una serie de ajustes a las bases aprobadas en la Resolución citada en el Visto.

V) que no serán modificados ninguno de los plazos establecidos en la resolución citada, pero sí serán ajustados los requisitos de participación en los concursos y la puntuación correspondiente a las diferentes instancias.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.

El Intendente Departamental de Lavalleja

RESUELVE:

1°.- Modifíquese el Anexo I de la Resolución N° 435/024, de 2 de febrero de 2024 por el adjunto Anexo I que se considera integrante de la presente resolución.

2°.- Modifíquese el Anexo II de la Resolución N° 435/024, de 2 de febrero de 2024 por el adjunto Anexo II que se considera integrante de la presente resolución.

3°.- Modifíquese el Anexo III de la Resolución N° 435/024, de 2 de febrero de 2024 por el adjunto Anexo III que se considera integrante de la presente resolución.

4°.- Comuníquese personalmente a ADEOM.

5°.- Comuníquese a todos los funcionarios de la Intendencia Departamental.

6°.- Publíquese la convocatoria al concurso con indicación del link de acceso a
las bases indicadas en los Anexos I, II y III, a efectos de darle difusión.

7°.- Cumplido, archívese.

 

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretario General

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