Resolución N° 543/025 .

Pago a empresa ramón C. Álvarez S.A.

Minas, 7 de Febrero de 2025. 

VISTO: el oficio N° 253/024, de la Dirección General de Vialidad y Obras, de 23 de diciembre de 2024. 

RESULTANDO: que se remite para su pago el certificado N° 1 correspondiente a la obra de la Ampliación de la Licitación N° 3/2023 "Reciclado de pavimentos de calles urbanas", adjudicado a la Empresa Ramón Álvarez. 

CONSIDERANDO: I) el informe N° 64/025, de la Cra. Victoria Rojas, de 30 de enero de 2025, sugiriendo liquidar la factura N° 4257 básico y la factura N° 4258 paramétrico, y en base al punto DECIMO PRIMERO del contrato retener el 5% de Refuerzo de Garantía de Cumplimiento de contrato, Ret Refuerzo garantía total: $ 389.785,12 (pesos uruguayos trescientos ochenta y nueve mil setecientos ochenta y cinco con 12/100). 

II) con respecto a las facturas de BPS adjuntas N° 1385839516 (08/24), 1385852308 (08/24), 1394570450 (09/24), 1394569372 (09/24) se analizaron las registraciones contables, las cuales no superan la suma de las reservas de la licitación original y la ampliación en conjunto. 

ATENTO: a sus facultades legales. 

El Intendente Departamental de Lavalleja, 

                                                                       RESUELVE: 

1°.- Liquídese a la empresa Ramón C. Álvarez S.A según el siguiente detalle: 

- e-factura serie A N° 4257 por un importe de $ 9.071.017,20 (pesos uruguayos nueve millones setenta y un mil diecisiete con 20/100). 

- e-factura serie A N° 4258 por un importe de $ 439.739,73 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos treinta y nueve con 73/100). 

2°.- Reténgase el 5% de Refuerzo de Garantía de Cumplimiento de contrato, Refuerzo garantía $ 389.785,12 (pesos uruguayos trescientos ochenta y nueve mil setecientos ochenta y cinco con 12/100). 

3°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría, para su trámite. 

4°.- Notifíquese. 

5°.- Siga a Sección Tesorería para que verifique el punto NOVENO del contrato, el cual además del refuerzo de garantía calculado anteriormente, se solicita una Garantía de fie cumplimiento de contrato equivalente al 5% del monto del contrato (impuestos y leyes sociales incluidos). 

6°.- Cumplido, archívese.

 

Dr. Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General