Resolución N° 732/022 .

Pago a empresa VAIKUN S.A. - Proceso de ejecución por rescisión de contrato de obra pública

Minas, 22 de Febrero de 2022.

VISTO: La sentencia definitiva N°688/2.021, de la Suprema Corte de Justicia que ratifica la sentencia del Tribunal de Apelaciones en los Civil de 7mo turno Nº 178/2020, recaída en los autos caratulados "Vaikun Sociedad Anónima C/ Intendencia Departamental De Lavalleja-Rescisión de Contrato, Daños y Perjuicios y Lucro Cesante- ficha 432-96-2018.

RESULTANDO: I) Por oficio No. 15/2022, de 14 de febrero de 2022,  de la Dirección General Jurídico Notarial, se comunica que la empresa Vaikun inició proceso de ejecución ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Lavalleja de 3er Turno, indizado con la IUE: 432-556/2021, por la suma de $ 5.878.013,08 (pesos uruguayos unos cinco millones ochocientos setenta y ocho mil trece con 08/100).

II) Habiéndose agotado las instancias judiciales en ejercicio de las defensas argüidas por esta Comuna, se ha llegado a cosa juzgada sobre el diferendo entre la rescisión del contrato de obra pública adjudicado a la empresa Vaikun S.A. en expediente Nº 2014-5621 y su respectiva ampliación por expediente Nº 2015-2413.

CONSIDERANDO I) el 18 de febrero de 2022 la Comuna ha evacuado el traslado conferido respecto a la liquidación realizada por la empresa Vaikun en el expediente judicial IUE 432-556/2021, allanándose a la misma por ser correcta. -

II) Correspondiendo dar cumplimiento con la resolución judicial que condenó a la Intendencia Departamental de Lavalleja a abonar la suma de $5.878.013,08 (pesos uruguayos unos cinco millones ochocientos setenta y ocho mil trece con 08/100).

ATENTO: A sus  facultades  legales.

El Intendente Departamental de Lavalleja,

RESUELVE:

1º.- Previo consentimiento de la empresa Vaikun SA, páguese la suma de 5.878.013,08 (pesos uruguayos un cinco millones ochocientos setenta y ocho mil trece con 08/100) en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 979.669 (pesos uruguayos novecientos setenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve con 00/100), abonándose dentro de los diez primeros días de cada mes, las que deberá ser depositada en la cuenta BROU 138864-00001 a partir de su consentimiento.

2º.- Pase a la Dirección General Jurídico Notarial par su notificación y recabar el consentimiento de la empresa.-

3º.- Pase a la Dirección General de Hacienda para su conocimiento y dar cumplimiento con lo dispuesto en el numeral 1° de la presente resolución. 

4º.- Cumplido con los pagos dispuesto comuníquese a la  Dirección General  Jurídico Notarial.-

5º.- Archívese.- 

 

Mario García

Intendente

Lidia Araújo

Secretaria General