Resolución N° 745/026 .
Minas, 20 de Febrero de 2026.
VISTO: el oficio N° 129/025, de 23 de octubre de 2025, de Sección Necrópolis.
RESULTANDO: que comunica nómina de nichos municipales vencidos, en el Cementerio del Este.
CONSIDERANDO: el informe N° 3063/025, de 4 de diciembre de 2025, de la Dirección General Jurídico Notarial, de acuerdo al Artículo 28 del Digesto Municipal de Cementerios (art.23 de la Ordenanza del 12 de diciembre de 1944, en redacción dada por el art.1° del Decreto 903/81), corresponde realizar 3 publicaciones en dos diarios locales (preferentemente de circulación en la localidad) por un plazo de 15 días, una cada 5 días. Vencidos los plazos sin que se deduzca reclamo se depositarán confundidos en el osario común por cuenta del solicitante y previa presentación de las publicaciones.
ATENTO: a sus facultades legales
El Intendenta Departamental de Lavalleja
RESUELVE
1°.- Procédase a realizar 3 (tres) publicaciones en dos diarios locales en un plazo de 15 días (quince), una cada 5 días, de acuerdo al Art. 1 del Decreto N° 903/81, vencido los mismos sin que se deduzca reclamo, se depositarán en el Osario común, por cuenta del solicitante, previa presentación de las publicaciones, adjuntamos edicto, el cual se complementa con listado de fs 3.
"EMPLAZAMIENTO - EXPEDIENTE N° 2025-20328 LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE LAVALLEJA EMPLAZA A TODOS LOS QUE TENGAN INTERES SOBRE LOS NICHOS VENCIDOS EN EL CEMENTERIO DEL ESTE A EFECTOS DE QUE PRESENTEN A DEDUCIR DERECHOS EN EL PLAZO DE 90 DÍAS DESDE LA ÚLTIMA PUBLICACION VENCIDOS LOS PLAZOS SIN QUE SE DEDUZCA RECLAMO, TODOS LOS RESTOS Y MATERIALES SERÁN DEPOSITADOS EN EL OSARIO COMÚN DE ACUERDO AL DECRETO 903 DEL 11/08/81. SE DETALLA NÓMINA DE RESTOS ÓSEOS, NRO NICHO, NRO CHAPA, APELLIDOS NOMBRE, FECHA"
2°.- Pase al Área de Prensa a sus efectos de la publicación.
3°.- Cumplido lo antes dispuesto, siga a Sección Necrópolis, a los efectos del cumplimiento del plazo de 90 días desde la última publicación, acreditando las publicaciones, conforme el Art. 47 del Decreto 50/991 y se informará la existencia de reclamos sobre los mismos y en su defecto se depositan los restos en el Osario común, de acuerdo al Artículo 28 de la Ordenanza General de Cementerios del año 1944.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
