Resolución N° 775/025 .
Minas, 25 de febrero de 2025
VISTO: que en el Estadio Municipal se desarrollarán partidos vinculados con el Campeonato de Fútbol del Interior.
CONSIDERANDO: I) que la citada actividad convoca una gran afluencia de público.
II) que esto provoca que se instalen puestos de venta de diferentes productos en las afueras y el entorno del Estadio Municipal.
III) que es requerido que la Dirección General de Higiene realice un control de los productos ofrecidos de venta al público y que éstos deben dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en la materia.
IV) que es necesario además, reglamentar la ubicación física de los citados vendedores.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Prohíbase la instalación de puestos de venta de diferentes productos en la vía pública y en establecimientos privados – casas particulares, garajes, terrenos, entre otros que no cuenten con autorizaciones y permisos correspondientes y aún teniéndolos – en las fechas en que se efectúen actividades deportivas en el Estadio Municipal, en la franja comprendida por la vereda del Estadio.
2°.- Cométese a la Dirección General de Higiene la tarea inspectiva de acuerdo con las disposiciones normativas vigentes.
3°.- Comuníquese, publíquese, cumplido, archívese.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General