Resolución N° 83/025 .
Minas, 9 de Enero de 2025.
VISTO: las e-facturas N° A 19307 y N° A 19306 presentadas por la empresa COMEMI SAS (SEM).
RESULTANDO: que corresponde a los servicios prestados por la mencionada empresa en áreas municipales, Camping Arequita y Villa Serrana.
CONSIDERANDO: que efectivamente fue realizado el servicio, por la Emergencia móvil, por lo que se debe realizar el pago.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Páguese a la empresa COMEMI SAS (SEM) las e-facturas N° A 19307 por un importe de $ 11.319 (pesos uruguayos once mil trescientos diecinueve) y la N° A 19306 por un importe de $ 43.843 (pesos uruguayos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres).
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda - Sección Contaduría - para su liquidación.
3°.- Cumplido, archívese.
Dr. Mario García
Intendente
Lidia Araújo
Secretaria General