Resolución N° 831/026 .
Minas, 25 de Febrero de 2026.
VISTO: el Oficio N° 36/026, de 10 de febrero de 2026, de la Dirección General de Hacienda.
RESULTANDO: que se solicita la autorización para la realización de horas extras en oficinas dependientes de Dirección General de Hacienda para el período MARZO/ ABRIL 2026
CONSIDERANDO: I) que conforme lo dispuesto en las Resoluciones Nos. 1802/2010, de 6 de abril de 2010, y 4608/2010, de 3 de agosto de 2010.
II) que la realización de horario extraordinario, resulta indispensable para el normal desarrollo de las actividades de la dependencia solicitante, se entiende pertinente acceder a lo solicitado.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Autorízase la realización de horas extras a los funcionarios mencionadas a continuación:
OFICINA PERÍODO HORAS EXTRAS
Recursos Humanos MARZO-ABRIL 80 mensuales
Dirección de Hacienda MARZO-ABRIL 20 mensuales
Tasas y Tributos MARZO-ABRIL 25 mensuales
Tesorería MARZO-ABRIL 80 mensuales
Adquisiciones MARZO-ABRIL 40 mensuales
Contaduría MARZO-ABRIL 60 mensuales
Recursos Financieros MARZO-ABRIL 30 mensuales
Mesa de Ayuda SIFI MARZO-ABRIL 20 mensuales
Cuentas Personales MARZO-ABRIL 10 mensuales
2°.- Pase a la Dirección General de Hacienda – Sección Recursos Humanos – para su trámite.
3°.- Siga a la Dirección General de Hacienda para su conocimiento, notificando a los funcionarios de cada oficina que deberán realizar las horas extras luego del horario habitual, no antes del horario de ingreso, salvo autorización expresa del Director de Hacienda; serán supervisadas y se abonarán en función de su efectiva realización de acuerdo a las necesidades existentes.
4°.- Cumplido, archívese.
Dr. Daniel Ximénez
Intendente
Dra. Arianna Bentos
Secretaria General
