Resolución N° 865/025 .
Minas, 6 de Marzo de 2025
VISTO: el informe N°27/0025, de la Dirección General de Cultura, de 6 de marzo de 2025.
CONSIDERANDO: I) la Resolución N.º 1.216/2023, de fecha 26 de marzo de 2023, por el cual se modifica el Art. 4 lit c) de la Resolución 4.071/2001, de 19 de noviembre 2001, donde se dispone las reglamentaciones a seguir para el mejor funcionamiento del Teatro Lavalleja.
II) por tratarse de un espectáculo que tiene como beneficio a un centro del departamento que brinda ayuda a niños y adolescentes con discapacidades se entiende pertinente a exonerar el costo del arriendo del Teatro Lavalleja.
III) tratándose el costo del arriendo del Teatro un precio y conforme el Art. 275.4 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay.
ATENTO: a sus facultades legales.
El Intendente Departamental de Lavalleja.
RESUELVE:
1°- Exonérase el precio del arriendo por el uso de la sala del Teatro Lavalleja para la realización de concierto el día 7 de marzo de 2025, a las 20:00 hs.
2°- Pase a la Dirección General de Hacienda, Dirección General de Cultura, Reguladora de Trámites y Espectáculos Públicos a sus efectos.
3°- Cumplido archívese.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General