Resolución N° 889/021 .
Minas, 26 de Febrero de 2021.
VISTO: el Oficio N° 210/2020 de Sección Adquisiciones.
RESULTANDO I): el pedido N° 324728 fue realizado por Departamento Técnico la cual genera las ordenes de compra: 7855 y 8675 para la firma Prolimpio, y la 8173 para la firma Santa Ana S.A.
RESULTANDO II) que no coincide el precio si la cantidad de lo solicitado según luce en factura N° 44730 y 44914 de la firma Prolimpio y la factura N° 1173341 de la firma Santa Ana.
CONSIDERANDO I): que efectivamente se recibieron las mismas y fueron entregadas a Dirección de Servicios Técnicos.
CONSIDERANDO II) que es de justicia proceder al pago de la mismas.
El Intendente Departamental de Lavalleja,
RESUELVE:
1°.- Liquídese a la empresa Prolimpio las facturas N° 44730 y 44914 (20 palas y 12 escobas) y a la empresa Santa Ana liquídese la factura 1143341 (24 escobas).
2°.- Pase a Dirección de Hacienda para su cumplimiento.
3°.- Cumplido archívese.
Mario García
Intendente
Alejandro Giorello
Secretario General