Resolución N° 940/020 .
Minas, 19 de Febrero de 2020
VISTO: lo solicitado por AEBU - Asociación de Bancarios del Uruguay, exoneración del pago de contribución inmobiliaria y de la tasa de salubridad y limpieza, del padrón urbano N° 4371/001 - ejercicio 2020.
CONSIDERANDO: el Informe N° 421/2020 de Dirección Jurídico Notarial.
La Intendente Departamental de Lavalleja, RESUELVE:
1) Previo pago de los adicionales generados en el ejercicio 2019, exonérase a la Asociación de Bancarios del Uruguay, del impuesto de contribución inmobiliaria - padrón N° 4371/001 - ejercicio 2020, - sin intervención de la Junta Departamental de Lavalleja, ya que la misma tiene efecto de declarativo (art. 69º de la Constitución de la República), con excepción de los adicionales correspondientes los que deberá abonar, las tasas no están comprendidas en la exoneración constitucional del Artículo 69 y no tiene norma específica que establezca su exoneración
2) Pase a Dirección de Hacienda para su trámite.
3) Notifíquese y luego archívese.
Dra. Adriana Peña
Intendente
Dra. Violeta Juárez
Secretaria General