Resolución N° 968/025 .
Minas, 17 de Marzo de 2025.
VISTO: la necesidad de establecer un protocolo a seguir en materia de movilidad de funcionarios motivada en razones justificadas de salud.
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto del Funcionario Municipal aprobado por Decreto de la Junta Departamental de Lavalleja N° 994/982, de 15 de noviembre de 1982.
II) que en atención a lo estatuido en el citado artículo es factible la movilidad funcional en atención a razones de servicio y respetándose la categoría y el grado que el funcionario posea.
III) que en múltiples oportunidades los funcionarios son quienes realizan las solicitudes de movilidad y su motivación tiene origen en argumentos vinculados con su situación de salud. IV) en atención a lo anterior, se entiende pertinente adoptar la propuesta técnica efectuada por el equipo de profesionales de la psicología de la Intendencia Departamental, a estos efectos.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a sus facultades legales
El Intendente Departamental de Lavalleja
RESUELVE:
1°.- Adóptese a partir del día de la fecha el Protocolo de movilidad motivada por razones de salud que se agrega como Anexo I y se considera parte integrante a la presente resolución.
2°.- Establézcase que el protocolo citado será de aplicación exclusivamente para funcionarios que revistan la calidad de presupuestados en la Intendencia Departamental de Lavalleja.
3°.- El procedimiento se desarrollará exclusivamente en formato electrónico y podrá ser iniciado tanto por el funcionario con una situación de salud que así lo requiera como por el Director General o Responsable del Área en que el funcionario con una situación de salud que lo requiera preste funciones.
4°.- Comuníquese a todos los funcionarios.
5°.- Cumplido, archívese.
Esc. Herman Vergara
Intendente
Ing. Agr. José Rojas
Secretario General