Trámite de Retorno Definitivo al Uruguay
Todos los ciudadanos uruguayos que retornen en forma definitiva a la República, y deseen introducir un vehículo de su propiedad, enseres y/o herramientas al amparo de la normativa de Retorno (ley 18.250 y decreto 330/008), deben solicitar turno con razonable antelación al viaje, para el inicio del trámite, a cgasuncion@mrree.gub.uy.
En el manual de retorno que encontrará al final de esta publicación podrá acceder todos los detalles del trámite. Se sugiere leer con atención para conocer la normativa vigente, los plazos y requisitos, así como los documentos a presentar.
Asimismo, se podrá consultar en dicho manual respecto a otros regímenes de ingreso de bienes para uruguayos y extranjeros: Dec.139/014.
Los trámites de retorno (ley 18.250 y decreto 330/008) no tienen costo.
A quién va dirigido
- Nacidos/as en Uruguay, hijos/as de uruguayos nacidos/as en el exterior (Ley 16.021), nietos/as de uruguayos nacidos/as en el exterior (Ley 19.362) y ciudadanos legales con Credencial Cívica y Carta de Ciudadanía original.
¿Dónde se presta el servicio?
Listado de direccionesMauricio Cardozo Ocampo 1320 c/ de las Palmeras
- Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 horas.
- Correo electrónico: cgasuncion@mrree.gub.uy

