Retorno a Uruguay
Información para las personas que proyectan regresar a Uruguay y desean ingresar sus bienes personales, enseres domésticos, herramientas de trabajo o, cuando corresponda, un vehículo al amparo de los regímenes especiales previstos por la normativa uruguaya.
¿Qué es el Retorno a Uruguay?
Las personas que han residido en el exterior y deciden regresar a Uruguay pueden acogerse, según su situación, a uno de los regímenes que permiten ingresar determinados bienes libres de tributos.
Existen dos regímenes diferentes, por lo que antes de iniciar el trámite es importante analizar cuidadosamente cuál de ellos resulta más adecuado para su situación particular.
Retorno definitivo y por única vez (Decreto 330/008)
Las personas uruguayas que hayan residido en el exterior durante más de dos años, decidan regresar definitivamente a Uruguay y deseen ingresar enseres, herramientas vinculadas con su profesión, arte u oficio y/o un vehículo de su propiedad podrán solicitar acogerse al régimen previsto en el artículo 76 de la Ley N.º 18.250 y su Decreto Reglamentario N.º 330/008.
El trámite debe iniciarse ante el Consulado con razonable antelación al viaje y antes de realizar el envío de los bienes. Para ello, deberá comunicarse por correo electrónico con el Consulado General del Uruguay en Guangzhou, indicando su fecha prevista de retorno y los bienes que desea ingresar.
En la guía disponible al final de esta publicación se detallan los requisitos, la documentación necesaria, los plazos y las gestiones que deberán continuarse después del arribo a Uruguay. Se recomienda leerla detenidamente antes de iniciar el trámite.
Régimen de Retorno con enseres (Decreto 139/014)
La guía también contiene información sobre el régimen previsto en el Decreto N.º 139/014, que permite a personas uruguayas y extranjeras que hayan residido más de un año en el exterior ingresar enseres y herramientas profesionales, pero no vehículos.
Al amparo de este régimen, cumpliendo con los requisitos establecidos por la normativa vigente, el interesado podrá ingresar, libre de libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos: los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación y las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
¿Quiénes pueden realizar este trámite?
Pueden acogerse al régimen de retorno definitivo previsto en la Ley N.º 18.250:
- Personas nacidas en Uruguay.
- Personas nacionales uruguayas nacidas en el exterior, hijas o hijos de madre o padre uruguayo, conforme a la Ley N.º 16.021.
- Personas nacionales uruguayas nacidas en el exterior, nietas o nietos de una persona uruguaya, conforme a la Ley N.º 19.362.
Las personas ciudadanas legales uruguayas y las personas extranjeras no están comprendidas en este régimen, pero podrán consultar la posibilidad de acogerse al Decreto N.º 139/014 para el ingreso de enseres y herramientas profesionales.
Jurisdicción consular
El Consulado General del Uruguay en Guangzhou recibe solicitudes de personas residentes en Guangdong, Fujian, Hunan, Hainan, Guizhou y la Región Autónoma Zhuang de Guangxi.
Quienes residan fuera de esta jurisdicción deberán comunicarse con la oficina consular correspondiente, que podrán identificar a través del Mapa Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Documentación requerida
Con carácter general, deberá presentarse:
- Documento de identidad y/o pasaporte.
- Documentación que acredite la residencia en el exterior.
- Listado mecanografiado, impreso y firmado de los enseres que se proyecta ingresar. No se admitirán listados manuscritos ni la lista de empaque o packing list elaborada por la empresa transportista.
- Si se ingresan herramientas o equipos profesionales, un listado separado y documentación que acredite la profesión, arte u oficio correspondiente.
¿Cómo se inicia el trámite?
- Antes de realizar la mudanza o embarcar los bienes, deberá comunicarse con el Consulado General del Uruguay en Guangzhou y remitir en formato digital la documentación correspondiente.
- Una vez revisada la solicitud, el Consulado indicará si es necesario presentar información adicional y coordinará una cita para la comparecencia personal, la presentación de los documentos originales y la firma de las declaraciones que correspondan.
- Se recomienda iniciar la consulta con suficiente anticipación y no contratar el transporte definitivo de los bienes hasta haber confirmado con el Consulado el régimen aplicable y la documentación necesaria.
- El trámite iniciado ante el Consulado deberá continuar personalmente en Uruguay ante la Oficina de Retorno y Bienvenida del Ministerio de Relaciones Exteriores y, según el caso, ante el Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección Nacional de Aduanas.
Importante: quienes ya hayan regresado a Uruguay deberán iniciar la gestión ante el Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los 60 días corridos siguientes a su ingreso al país. Se recomienda contactar a la Oficina de Retorno y Bienvenida inmediatamente después del arribo.
Costo
Las actuaciones consulares relacionadas con el retorno definitivo de las personas uruguayas y de su núcleo familiar que cumplan las condiciones establecidas por la Ley N.º 18.250 no tienen costo.
En cuanto al Decreto 139/014, los ciudadanos uruguayos no deben abonar ningún costo por este trámite. Para los ciudadanos extranjeros tiene un costo de U$S 252,00, pagaderos en yuanes (RMB). El importe a abonar en moneda local se determinará de acuerdo con el tipo de cambio vigente al momento de realizar el trámite. El pago deberá efectuarse mediante depósito bancario según las coordenadas que se le facilitarán el día de la cita.
Nota importante: La exoneración no comprende los gastos de transporte, seguro, almacenaje, depósito, manipulación portuaria ni otros servicios privados asociados con el traslado de los bienes. La contratación de un despachante de aduana no es obligatoria, aunque la persona interesada podrá recurrir a uno si así lo desea.
Más información
Antes de iniciar el trámite, se recomienda leer detenidamente la Guía de Retorno del Ministerio de Relaciones Exteriores, disponible para descargar al pie de esta página. Allí se explican con mayor detalle los requisitos, compromisos, plazos y gestiones que deberán realizarse en Uruguay.
¿Dónde se presta el servicio?
Listado de direccionesUnit 502B, 5/F, R&F Center, No.10, Huaxia Road, Zhujiang New Town, Tianhe District, Guangzhou, Guangdong, R.P. China
- Teléfonos: +86 20 3861 7075
- Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 (con cita previa)
- Correo electrónico: cgcanton@mrree.gub.uy
