Certificado de Existencia (Fe de vida)
Constancia de supervivencia requerida periódicamente por los organismos de seguridad social uruguayos para mantener el cobro de jubilaciones y pensiones desde el exterior.
¿Cómo realizarlo?
Existen tres formas de tramitar el certificado de existencia desde el exterior:
Opción 1 — (Recomendado) En línea, sin intervención del Consulado (BPS)
El BPS permite registrar la fe de vida de forma completamente remota a través de su portal de servicios en línea. Esta es la opción más rápida y lo puede realizar desde un dispositivo electrónico. Para acceder, debe ingresar al servicio por biometría facial al enlace: Registrar mi fe de vida con su usuario de BPS.
Opción 2 — A través del Consulado (presencial)
Si prefiere realizar el trámite de forma presencial, el Consulado puede registrar la fe de vida directamente en el sistema del BPS o gestionar ante los otros organismos de seguridad social. En este caso el trámite es estrictamente personal: no se aceptan terceros ni apoderados. Puede presentarse de lunes a viernes de 9:30 a 14:30 hs , presentando su documento de identidad uruguayo o su pasaporte uruguayo vigente.
Opción 3 — A través del Consulado (virtual)
También puede solicitarlo de forma virtual sin concurrir al Consulado, enviando un correo a cglaspalmas@mrree.gub.uy indicando en el asunto “Trámite Fe de vida” con los siguientes documentos adjuntos:
1. Copia digitalizada de la cédula de identidad (frente y dorso) o pasaporte uruguayo (página de información).
2. Certificado de Fe de Vida emitido por institución médica, con firma de Dr./Dra. responsable, sello y número de colegiado medico o Certificado de Existencia expedido por Registro Civil o Ayuntamiento.
Para SRPFFAA (Caja Militar), el certificado de existencia se tramita únicamente en los meses de enero y julio de cada año.
Vigencia: Opción 1 y 2 tienen una vigencia de 90 días y la opción 3 una vigencia de 60 días. El BPS envía un aviso al beneficiario cuando el certificado está próximo a vencer.
A quién va dirigido
- Personas que residen en Islas Canarias y que cobran su jubilación o pensión del Banco de Previsión Social (BPS), otras instituciones o cajas previsionales uruguayas.
Requisitos
- Documento de identidad o pasaporte uruguayo al día.
Costo
Sin costo
