Ministerio de Relaciones Exteriores

Retorno definitivo a la República (Ley 18.250)

Bajo este régimen, los nacionales uruguayos que hayan residido en el exterior por un período ininterrumpido superior a dos años y decidan retornar al Uruguay para establecer su residencia definitiva podrán introducir, por única vez y exentos de todo derecho de aduana, tributo o gravamen conexo, sus enseres personales, herramientas de trabajo y/o un vehículo automotor.

El retorno bajo esta ley es definitivo y por única vez; la persona que en algún futuro quisiera volver a ampararse a este régimen no podrá hacerlo.

¿Quiénes pueden realizar este trámite?

  • Personas nacidas en Uruguay
  • Hijos de uruguayos nacidos en el exterior (Ley 16.021)
  • Nietos de uruguayos nacidos en el exterior (Ley 19.362)

Requisitos

  • Cédula de identidad y/o pasaporte vigente y en buen estado de quienes retornan.
  • Para probar la residencia en Alemania, deberá presentar su certificado de empadronamiento “Erweiterte Meldebescheinigung”, en el que conste el período durante el cual residió en el país.
  • Listado de enseres (no se admite la lista de empaque de la empresa de transporte). Dicho listado de enseres deberá cumplir con las condiciones establecidas en el Manual de Retorno (descargable al final de la página junto con el modelo del listado de enseres que deberá utilizar).

En caso de ingresar herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, además, deberá presentar:

  • Listado de herramientas o máquinas de uso profesional (no se admite la lista de empaque de la empresa de transporte). Este listado se hace en forma separada al de enseres. Si se trata de simples herramientas de uso doméstico deberán incluirse en la lista de enseres.
  • Constancia laboral de profesión u oficio, u otros documentos (Título o nota Institucional) que acrediten profesión, arte u oficio que desempeña.

En caso de ingresar vehículo, además, deberá presentar:

  • Título de propiedad, factura de compra o contrato de compraventa del vehículo, en los que conste la fecha y lugar de adquisición del vehículo. Asimismo, el título de propiedad o factura de compra deberán estar a nombre del interesado, debiendo constar los datos identificatorios del vehículo, fundamentalmente número de motor y de chasis. Este documento debe presentarse debidamente apostillado y traducido por traductor público uruguayo.
  • De ser casado su estado civil, deberá presentar:
  1. Documento de identidad del cónyuge.
  2. Partida de matrimonio.
  3. Certificado de separación de bienes, en caso de corresponder y que haya sido anterior a la adquisición del vehículo.
  4. De estar casado/a con régimen de bienes gananciales, se requerirá, además, una autorización del/la cónyuge para ingresar el vehículo al país. La autorización se firmará personalmente en el Consulado.
  5. En caso de divorcio: presentar partida de divorcio.
  6. En caso de viudez: presentar certificado de matrimonio y de defunción del cónyuge.

Independientemente del estado civil, toda la documentación probatoria a estos efectos, en caso de ser documentación extranjera, deberá encontrarse debidamente apostillada.

Notas:

  • Se comprobará que en ningún momento se interrumpió la residencia en el exterior (es decir, que no superó los 90 días en Uruguay al año dentro de ese período de dos años).
  • En caso de ingresar vehículo, es necesario haber tenido el vehículo en su propiedad y en usufructo (afectado a su uso en el país de residencia) al menos un año al momento de iniciar el trámite de retorno.
  • Solo se admitirá un vehículo automotor por persona y por única vez.
  • El vehículo no puede ser enajenado ni transferido por un lapso de dos años desde el ingreso a Uruguay y deberá empadronarlo ante el Gobierno Departamental del domicilio en la República, dentro de los 30 días a partir de la liberación y retiro de Aduana.

¿Cómo se inicia el trámite?

Una vez haya revisado detenidamente los requisitos y haya leído detalladamente el Manual de Retorno, realice la solicitud al correo electrónico urualemania@mrree.gub.uy enviando en archivo adjunto los documentos requeridos.

Tras corroborar la información, se le responderá con los detalles de su cita para que se presente en el Consulado, en la fecha y hora indicados.

Costo

Este trámite se encuentra exonerado de costo.

¿Dónde se presta el servicio?

Budapester Str. 39, 3 O.G., 10787 Berlín
  • Horario: Lunes a jueves de 09:30 a 16:00 horas; viernes de 09:30 a 14:00 horas
  • Correo electrónico: urualemania@mrree.gub.uy

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