Ministerio de Relaciones Exteriores

¿Qué puede hacer el Consulado por usted?

El Consulado puede asistir y orientar a los ciudadanos uruguayos que residen o se encuentran transitoriamente en su jurisdicción, de acuerdo con la normativa vigente y las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Entre otras funciones, el Consulado puede:

  • Tramitar pasaportes.
  • Expedir pasaportes de emergencia, válidos por un solo viaje.
  • Tramitar permisos de viaje para menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Autorizar actos que pueden efectuar los escribanos públicos, de acuerdo con la normativa aplicable.
  • Legalizar documentos oficiales para ser presentados ante autoridades de la República Oriental del Uruguay, cuando corresponda.
  • Enviar al Banco de Previsión Social el certificado de existencia de ciudadanos que reciben pasividades.
  • Asistir a personas accidentadas.
  • Informar a familiares o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o catástrofes, y brindarles orientación.
  • Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a familiares.
  • Velar por los intereses de menores o incapaces, particularmente en lo referido a tutela o curatela.
  • Asegurar que los ciudadanos uruguayos sujetos a juicio cuenten con defensa adecuada y debido proceso.
  • Solicitar el paradero de personas ante las autoridades locales.
  • Atender los intereses de connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles sobre la situación y necesidades de una persona.
  • Orientar en materia de asistencia jurídica, médica, notarial u otros servicios locales.

El Consulado no puede:

  • Ser parte en procesos judiciales o hacer que una persona sea eximida de ir a prisión.
  • Proporcionar asesoramiento legal o iniciar procesos judiciales en nombre de particulares.
  • Procurar un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país ante hospitales, prisiones u otras instituciones locales.
  • Realizar tareas que correspondan a agencias de viajes, aerolíneas, bancos u otras entidades privadas.
  • Solicitar la ampliación de una estadía como turista en el extranjero.
  • Proporcionar pasajes o medios para regresar a la República Oriental del Uruguay o continuar viaje a otro destino, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
  • Proporcionar dinero o hacerse cargo del pago de cuentas, incluyendo facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo.
  • Gestionar alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo.
  • Constituirse en garante o fiador.
  • Regularizar ante las autoridades locales la situación migratoria de una persona.

A quién va dirigido

  • A ciudadanos uruguayos que residen o se encuentran transitoriamente en la jurisdicción de la Sección Consular de la Embajada del Uruguay en Canadá, a sus familiares o personas allegadas, así como a personas extranjeras que requieran orientación o asistencia consular vinculada a trámites o asuntos relacionados con la República Oriental del Uruguay, conforme a la normativa vigente.

¿Dónde se presta el servicio?

55 Metcalfe Street, Suite 800, Ottawa, Canadá K1P 6L5
  • Teléfonos: +1 613 234 2727
  • Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
  • Correo electrónico: cdottawa@mrree.gub.uy