¿Qué puede hacer el Consulado por usted?
El Consulado puede asistir y orientar a los ciudadanos uruguayos que residen o se encuentran transitoriamente en su jurisdicción, de acuerdo con la normativa vigente y las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Entre otras funciones, el Consulado puede:
- Tramitar pasaportes.
- Expedir pasaportes de emergencia, válidos por un solo viaje.
- Tramitar permisos de viaje para menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
- Autorizar actos que pueden efectuar los escribanos públicos, de acuerdo con la normativa aplicable.
- Legalizar documentos oficiales para ser presentados ante autoridades de la República Oriental del Uruguay, cuando corresponda.
- Enviar al Banco de Previsión Social el certificado de existencia de ciudadanos que reciben pasividades.
- Asistir a personas accidentadas.
- Informar a familiares o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o catástrofes, y brindarles orientación.
- Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a familiares.
- Velar por los intereses de menores o incapaces, particularmente en lo referido a tutela o curatela.
- Asegurar que los ciudadanos uruguayos sujetos a juicio cuenten con defensa adecuada y debido proceso.
- Solicitar el paradero de personas ante las autoridades locales.
- Atender los intereses de connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
- Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles sobre la situación y necesidades de una persona.
- Orientar en materia de asistencia jurídica, médica, notarial u otros servicios locales.
El Consulado no puede:
- Ser parte en procesos judiciales o hacer que una persona sea eximida de ir a prisión.
- Proporcionar asesoramiento legal o iniciar procesos judiciales en nombre de particulares.
- Procurar un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país ante hospitales, prisiones u otras instituciones locales.
- Realizar tareas que correspondan a agencias de viajes, aerolíneas, bancos u otras entidades privadas.
- Solicitar la ampliación de una estadía como turista en el extranjero.
- Proporcionar pasajes o medios para regresar a la República Oriental del Uruguay o continuar viaje a otro destino, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación.
- Proporcionar dinero o hacerse cargo del pago de cuentas, incluyendo facturas hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo.
- Gestionar alojamiento, residencia, trabajo o permiso de trabajo.
- Constituirse en garante o fiador.
- Regularizar ante las autoridades locales la situación migratoria de una persona.
A quién va dirigido
- A ciudadanos uruguayos que residen o se encuentran transitoriamente en la jurisdicción de la Sección Consular de la Embajada del Uruguay en Canadá, a sus familiares o personas allegadas, así como a personas extranjeras que requieran orientación o asistencia consular vinculada a trámites o asuntos relacionados con la República Oriental del Uruguay, conforme a la normativa vigente.
¿Dónde se presta el servicio?
Listado de direcciones55 Metcalfe Street, Suite 800, Ottawa, Canadá K1P 6L5
- Teléfonos: +1 613 234 2727
- Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
- Correo electrónico: cdottawa@mrree.gub.uy
