Trámite de Retorno (Ley 18.250)
Podrán realizar este trámite aquellos uruguayos que viven en el exterior y deciden regresar a Uruguay para residir en forma definitiva en el país, acompañados de su familia y trasladando consigo los muebles y efectos de su casa habitación; las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio; y un vehículo usado, todo ello libre de impuestos.
Requisitos
En el marco de lo que establece la normativa vigente (Ley Nº 18.250 y su Decreto Reglamentario N° 330/08), los requisitos que debe presentar para acceder a los beneficios de la Ley de Retorno son los siguientes:
- Copia de un documento de identidad vigente (cédula uruguaya y/o pasaporte) que acredite que el solicitante es nacional uruguayo: nacido en territorio nacional; nacido en el extranjero hijo de uruguayo (Ley Nº 16.021); o nacido en el extranjero nieto de uruguayo (Ley Nº 19.362).
- Datos completos y copias de documentos de identidad de los integrantes del núcleo familiar con quienes se proyecta retornar al país. Si está casado, copia de Partida de Matrimonio; si tiene hijos, copia de Actas de Nacimiento.
- Listado de bienes y enseres domésticos en formato Word. No se admiten los listados manuscritos, ni la lista de empaque (packing list) de la empresa de transporte, aunque la lista en formato Word debe coincidir con lo detallado en la lista de empaque. En este listado no debe incluirse el vehículo.
- Documentación respaldante de su profesión, arte u oficio mediante título o nota institucional.
- Copia de documentos que acrediten la residencia permanente e ininterrumpida del solicitante en el país por más de dos años (carta de residencia, recibos de luz o alquiler a su nombre, etc.).
- Copia de título de propiedad y/o acto de venta del vehículo a nombre del solicitante, donde consten datos identificatorios, como marca, modelo, año, modo de compra (efectivo, cuotas o leasing) y, especialmente, número de motor y chasis. También puede presentarse una Certificación Notarial, en la que conste que un abogado/notario ha tenido a la vista la documentación presentada (factura original de compra, certificación de matrícula emitida por la DGII y matrícula original) y que ha podido comprobar fehacientemente que esta es verídica y se encuentra en regla de conformidad con la normativa vigente. En los documentos debe figurar fecha de adquisición del vehículo, que debe ser superior a un año de antigüedad desde el momento en que se inicia el trámite de retorno. Este documento debe presentarse apostillado/legalizado por el gobierno dominicano y en caso de encontrarse en idioma extranjero deberá ser traducido por traductor público uruguayo (la traducción debe realizarse de forma previa a la apostilla/legalización).
- Constancia laboral o de ingresos del solicitante (constancia del empleador y/o recibos de sueldo).
Los trámites vinculados al retorno son gratuitos, no requieren la contratación de un Despachante de Aduana, y solo pueden realizarse por única vez.
Procedimiento para realizar el trámite
Descargue el Manual para el Retorno que aparece al final de esta página y léalo con paciencia y atención. En ese documento se detalla toda la información sobre requisitos, condiciones, procedimientos y beneficios en el marco de la Ley de Retorno.
Posteriormente, envíe un mensaje al correo electrónico scsantodomingo@mrree.gub.uy, indicando que desea regresar a Uruguay y ampararse en los beneficios que establece la Ley Nº 18.250, y adjuntando copia de toda la documentación requerida.
En el mensaje deberá indicar expresamente: “He descargado y leído el Manual para el Retorno (Ley N° 18.250) publicado en el sitio web oficial de la Embajada de Uruguay en República Dominicana”.
Una vez recibido el mensaje y que se confirme que la documentación enviada está en orden, se le responderá con los detalles de su cita por correo electrónico para que se presente en el Consulado para la entrega de originales y llenado de formularios correspondientes.
