Alta de asignación familiar en servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el beneficio que se otorga a retirados y pensionistas que tienen menores de 18 años a su cargo y/o hijos con incapacidad permanente.
Requisitos
Documento Nacional de Identidad
- Fotocopia de la cédula de identidad del titular de la pasividad.
- Fotocopia de la cédula de identidad del cónyuge o concubino.
- Fotocopia de la cédula de identidad del menor.
Declaración Jurada.
- Firmada por ambos cónyuges.
- Todo aquel integrante que declare ingresos deberá en forma individual completar Declaración jurada de asignación familiar (versión 2025).
Solicitud de asignación familiar.
- Solicitud de asignación familiar firmada por ambos cónyuges.
Archivo asociado
Constancia de cobro o ingreso.
- Documentación que respalde los ingresos percibidos (último recibo de cobro de lo declarado como ingreso del grupo familiar o comprobante de ingreso).
- Con sentencia de divorcio al margen de corresponder (dentro de los 6 meses de expedida).
- Vigente, del menor (máximo 90 días de expedida).
Negativo de cobro de asignación familiar (BPS) o cualquier organismo de seguridad social.
- Actualización hasta 30 días al inicio del trámite, proveniente del Banco de Previsión Social o cualquier organismo de seguridad social.
Constancia de Estudios.
- Del año en curso.
Presentación de Oficio.
- En caso de tenencia: oficio expedido por el juzgado de familia, que determine que corresponde la asignación familiar.
- En caso de personas con discapacidad: constancia expedida del patronato del psicópata actualizada una vez por año (Cubo del Norte 3117, esquina Luis Alberto de Herrera, línea gratuita 08008490).
Otros datos de interés
- En caso de personas con discapacidad: constancia expedida del patronato de la psicópata, actualizada una vez por año (Cubo del Norte 3117 esquina Luis Alberto de Herrera, línea gratuita 08008490).
- En caso de tenencia: oficio expedido por el juzgado de familia, que determine que corresponde la asignación familiar.
Topes de ingresos personales (valores 2025):
- Franja 1 de 0 a 6 BPC ($ 0 a $ 39.456).
- Franja 2 de 6 a 10 BPC ($ 39.456 a $ 65.760).
- Hijo con discapacidad no lleva franja.
Excepciones:
- Le corresponde asignación familiar franja 2.
Si cobra hasta:
- 11 BPC $ 72.366,00 -3 hijos.
- 12 BPC $ 78.912,00 -4 hijos.
- 13 BPC $ 85.488,00 -5 hijos.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentar la documentación solicitada en la oficina correspondiente.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Dirección: Avenida Uruguay 885.
- Hall Principal - Planta Baja.
- Departamento atención al usuario.
- Teléfonos: 29030260, internos: 1003;1017;1018.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el interior:
Se deben realizar CONSULTAS exclusivamente sobre el trámite seleccionado.
Si desea realizar una consulta sobre recibos, carné de usuario u otros trámites, recomendamos dirigirse a nuestras vías de contacto.
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