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Última actualización: 11/04/2025
MALDONADO - Intendencia

Amnistía Decreto 4105/25 - Contribución Inmobiliaria - Maldonado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que permite ampararse al Decreto Departamental 4105/25, siempre que se verifiquen las condiciones mencionadas en el mismo.

Las solicitudes para el ejercicio 2025 deberán formularse antes del 30 de Junio de 2025.

Requisitos

  • Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados en el mismo:
    • Documento de identidad de anverso y reverso.
    • Título de propiedad íntegro debidamente inscripto, o vinculación documental del gestionante con el inmueble (Título de Propiedad, Certificado Notarial de presuntos herederos, Certificado Notarial de Propiedad, Promesa de Compra Venta, Poseedor con Sentencia o Acta de la Comisión Especial de la Intendencia habilitándole, otros).
    • Poderes con facultades suficientes con firmas certificadas, con vigencia de 6 meses
    • Certificados notariales, con vigencia de 6 meses
    • En caso de sociedades, certificado notarial con vigencia de 6 meses, con control de personería, representación y vigencia de la sociedad

Otros datos de interés

  • En caso de derechos posesorios, sin sentencia o el acta referida, deberán presentarse por expediente agregando toda la documentación probatoria de su posesión, para ser evaluado y resuelto por la Comisión Especial creada a esos efectos, en base a resolución 04394/2022 y 4420/2022.
  • Para el caso de otros tributos, debe hacerlo por el formulario “Amnistía Decreto - Decreto 4105/25 - Varios” (deudores de precios, y otros ingresos públicos)
Iniciar Trámite en Línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Los documentos a adjuntar deben ocupar menos de 5MB en su totalidad, y estar en formato PDF. 
    • Los nombres de los archivos no deben contener apóstrofes.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
    2. El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos y documentos solicitados.
    3. Posteriormente, será contactado desde la administración con la validación o pedido de ampliación de documentos, según corresponda.
    Iniciar en Línea
  • Enlaces de descarga

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