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Última actualización: 13/09/2021
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

Autorización de acumuladores solares

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Trámite que deben realizar ante la Ursea los Proveedores de Acumuladores Solares interesados en registrar sus equipos en la Dirección Nacional de Energía - DNE del MIEM.

Requisitos

  • Previamente a realizar cualquier trámite en la Ursea, la empresa o persona física solicitante, así como el Responsable Técnico de Equipo (RTE), deberán estar registrados en el Registro de Regulados de la URSEA.
  • Adjuntar la información complementaria requerida en el formulario de solicitud (se recuerda que la información técnica que será solicitada en el formulario on line es la establecida en la reglamentación vigente, Res. MIEM 72/014 - ETUs punto 13.2.3).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario o identificación electrónica.
    3. Se debe completar los datos técnicos y adjuntar lo solicitado, según el instructivo.
    4. A continuación se debe emitir la Declaración Jurada resultante de los datos ingresados.
    5. Para finalizar la solicitud, el representante legal de la empresa y el RTE deben firmar la Declaración Jurada emitida y agregar el timbre profesional correspondiente, lo que podrá realizarse en forma digital o en papel.
    6. De optar por la opción digital se finalizará la solicitud mediante la firma digital de la Declaración Jurada y el pago del timbre on line.
    7. De optar por la opción en formato papel, la Declaración Jurada emitida on line con firmas originales y timbre profesional deberá presentarse en mesa de entrada de la Ursea.
    8. Una vez recibida la solicitud por parte de la Ursea, sus técnicos procederán al estudio de la documentación recibida. De surgir observaciones a la misma, el técnico recibirá una comunicación vía email junto con la indicación del plazo otorgado y el medio por el cual levantar dichas observaciones y la empresa recibirá una comunicación de que el trámite ha sido devuelto.
    9. Una vez verificado el cumplimiento con los requisitos establecidos en la reglamentación vigente, la Ursea emitirá una autorización que será enviada al solicitante.
    10. Seguidamente, el acumulador solar térmico aprobado se incorporará a la lista de equipos aprobados por la Ursea.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentarse en las oficinas de la Ursea con la documentación técnica solicitada, donde los funcionarios de la Ursea Iniciarán en el momento el trámite en línea.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Ver listado de direcciones
      • Montevideo, Montevideo
        • Dirección: Liniers 1324 piso 2
        • Horario: Lunes a viernes de 10:00 a 15:00 hs
        • Teléfono: +598 2 1508100 - 0800 8773
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