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Última actualización: 02/07/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Energía

Autorización de generación para autoconsumo (potencia mayor 150 kW)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la autorización otorgada al amparo de lo previsto en el artículo 1 del Decreto 43/015 para aquellos suscriptores del Distribuidor que instalen generación de energía eléctrica sin inyectar energía a la Red de Interconexión, según definición del Decreto 114/014.

Requisitos

  • Aportar datos.

    • Identificación del peticionario. De conformidad con el artículo 97 y 119 del Decreto 500/991, se deberá constituir domicilio en la ciudad de Montevideo.
      • Asimismo, la identificación del titular deberá contener su identificación como suscriptor consumidor de energía eléctrica de la red (Número de cuenta que figura en la factura de UTE).
    • Especificación de los padrones donde se ubicarán las instalaciones de generación.
  • Concesión de uso de aguas.

    • Si corresponde.
    • En caso de no aplicar para el proyecto se deberá declarar explícitamente.
  • Memoria Descriptiva.

    • Debe incluir cronograma razonable de ejecución de las obras e hitos del proyecto.
  • Presentación de Planos.

    • Los mismos deben contemplar la ubicación específica de las unidades de generación, de las conexiones eléctricas internas de la planta y del punto de conexión con la red de UTE, todos estos componentes en correlación con los padrones del proyecto.
  • Presentar autorización.

    • Autorización Ambiental Previa, si correspondiere de acuerdo con lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias vigentes.
  • Certificación Notarial.

    • Para personas jurídicas: acreditando vigencia, representación y que la actividad de generación de energía eléctrica está permitida de acuerdo al objeto social.

Otros datos de interés

  • Es imprescindible que toda documentación presentada para realizar el trámite, esté actualizada y firmada por los representantes de las empresas correspondientes.

Importante:

  • Si la información presentada no cumple con todos los requisitos la solicitud será rechazada.
  • Quedan autorizadas sin necesidad del trámite antes referido aquellas centrales generadoras de una potencia a instalar de hasta 150 kW, sin perjuicio del cumplimiento de las reglas ambientales y de seguridad que resulten de aplicación. Estas centrales de generación deberán ser registradas ante la Dirección Nacional de Energía incluyendo la siguiente información:
    • Identificación del titular y datos de contacto.
    • Potencia instalada.
    • Fuente primaria.
    • Localización.
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:

    • Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.

      • A efectos de agilizar la tramitación de los expedientes, se exhorta a los usuarios que lo realicen en forma presencial, a acompañar junto con la documentación en formato papel, copia en soporte digital (pendrive, CD o similar).

    En persona

    A efectos de agilizar la tramitación de los expedientes, se exhorta a los usuarios que lo realicen en forma presencial, a acompañar junto con la documentación en formato papel, copia en soporte digital (pendrive, CD o similar).

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Completar los datos solicitados en el formulario web.
    4. Adjuntar los archivos de la documentación requerida.
    5. La documentación será evaluada por el organismo.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentar la documentación explicitada en los requisitos en la oficina correspondiente.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Ver listado de direcciones
      • Montevideo
        • Dirección: Rincón 719, PB, Entrepiso y Piso 1
        • Teléfono: +598 2840 1234

    Otras direcciones

    Dirección Nacional de Energía

    • Dirección; Rincón 719, Montevideo.
    • Teléfono: 2840 1234 Int. 8828 / 8851 / 8855
    • Horario de atención: de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas. 
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