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Última actualización: 01/03/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección Nacional de Recursos Acuáticos

Autorización de transbordo en zona portuaria para buques extranjeros

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la autorización de transbordo que se otorga a los buques extranjeros en el certificado para exportar a la Comunidad Europea.

Requisitos

  • Original y copia del Certificado de Captura de la Comunidad Europea.
  • Formulario de Captura y transporte.
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "Iniciar  trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Completar con los datos que allí se solicitan.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentar el certificado de Captura de la Comunidad Europa para ser intervenido (original y copia).
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Montevideo:

    • Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.
    • Dirección: Constituyente 1497 / piso2 - Montevideo, Uruguay.
    • Teléfono: (+598) 24004689 - Fax: (+598) 24004689 interno 131.
    • Horario de atención: 9:00 a 17:00 horas.
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