Cesión legal
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se realiza en caso de desvinculación del inquilino titular del contrato de arrendamiento, sea por fallecimiento o por sentencia judicial.
¿Quiénes tienen derecho y plazo respectivo para realizarla?
- Cónyuges y/o concubinos: no tienen plazo para realizarla.
- Ex-cónyuges: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
- Padres o madres: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
- Hermanos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
- Hijos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
- Hijos adoptivos: 60 días hábiles para realizarla a partir de que fallece el inquilino. Se puede realizar por única vez.
Requisitos
Documento Nacional de Identidad
- De el o los comparecientes
Telegrama Colacionado.
- Copia del telegrama colacionado o comparecencia del propietario o administrador cuando se formaliza la cesión legal.
Deberá enviar un telegrama colacionado con aviso de retorno y con copia al propietario con el siguiente texto:
Notifico que el día ..... del mes ...... del año......., falleció el Sr/Sra. ...........................inquilino de la finca de la calle....................
Continúo como subrogante legal en mi calidad de ..........................................Nombre del remitente........................................................
Cónyuge:
- Partida de Matrimonio
Ex-cónyuge:
- Partida de Matrimonio con anotación marginal.
Sentencia de Concubinato o Certificado de Unión Concubinaria.
Concubino:
- Sentencia de Concubinato.
Informe Liquido Disponible.
Si es :
Cónyuge o concubino, ex-cónyuge, padre o madre, hermano, hijo o hijo adoptivo deberá presentar:
- Recibo de jubilación, pensión, sueldo o Informe de Líquido Disponible (ILD) vigencia 60 días corridos para usuarios de Rentas Generales y vigencia del Certificado de 120 días corridos para usuarios de MVOT.
Sentencia de Divorcio.
Ex-cónyuge:
- Testimonio de Sentencia de Divorcio o Partida de Matrimonio con anotación marginal.
En el caso de padre o madre:
- Partida de Nacimiento del fallecido.
Hermano:
- Partida de Nacimiento del causahabiente y del cesionario.
Hijo:
- Partida de Nacimiento del causahabiente.
Hijo adoptivo:
- Partida de Nacimiento del hijo adoptivo con anotación marginal de adopción o testimonio de la primera copia de escritura de adopción.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaÚnicamente para agenda:
- Ingresando en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder a la Agenda Web
- Elija el trámite que desea realizar y siga los pasos detallados.
En persona
- Reservar día y hora, mediante el trámite por internet.
- Presentarse con la documentación solicitada el día y horario agendado.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Servicio de Garantía de Alquileres.
- Dirección: Misiones 1423 esquina Rincón.
- Atención Telefónica de Alquileres: 0800 8765.
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:30 a 15:45 horas.
- Servicio de Garantía de Alquileres.
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