Clausura de sociedades en comandita por acciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la disolución y liquidación de las sociedades en comandita por acciones.
Requisitos
Clausura ante la Dirección General Impositiva.
- Requisito previo: Solicitar la clausura exclusivamente vía web:
- Ingresar a la web de DGI - Servicios en Línea. Debe contar con clave o ID Digital
- Seleccionar: Registro Único Tributario – Solicitud de clausura.
- Aprobada dicha solicitud, presentar o adjuntar la documentación según la modalidad elegida.
- Requisito previo: Solicitar la clausura exclusivamente vía web:
Formulario 0355 - Cancelación / Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - DGI
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Si corresponde, a los efectos de nombrar liquidador.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Si corresponde, a los efectos de nombrar liquidador.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde, a los efectos de nombrar liquidador.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0453 - Inutilización de la documentación - DGI
- Si corresponde. Detallar papelería impresa no utilizada y última utilizada.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Si se encuentra adherido al sistema de facturación electrónica, reportar todos los comprobantes fiscales electrónicos en forma previa.
Archivo asociado
Constancia de impresión no utilizada
Si corresponde, presentar Formulario 4450, previo a realizar el trámite de clausura:
- Ingresando a la web de DGI:
- Servicios en línea - Solicitud de inicio
- Seleccionar:
- Trámite: RUT exclusivo DGI
- Sub trámite: Constancias: anulación, inhibiciones
- Ingresando a la web de DGI:
Actas de Asamblea.
Libro de actas de Asamblea, estableciendo:
- Disolución y Liquidación de la misma.
- La no existencia de activos ni pasivos.
- Designación del liquidador:
- En caso de nombrarse un liquidador distinto a los actuales integrantes, certificar:
- Firmas
- Datos personales
- Que se tuvo a la vista el Libro de Actas de Asamblea que lo designa.
- Si alguno de los liquidadores es persona jurídica, realizar:
- Control de la personería
- Representación y domicilios
- Nombrar a la persona física a través de la cual actuará (artículo 82 de Ley 16.060).
- En caso de nombrarse un liquidador distinto a los actuales integrantes, certificar:
- Constancia de la destrucción o anulación de las acciones (esto no es necesario para clausuras con fecha de vigencia anteriores al 1 de noviembre de 2014).
Certificación Notarial.
El Libro de Actas de Asamblea puede ser sustituido por Certificación Notarial, conteniendo:
- Control de que se tuvo a la vista el Libro de Actas de Asamblea, donde se establezca:
- Fecha del acta
- Disolución y liquidación
- Indicación de la no existencia de activos ni pasivos en la sociedad. De existir al momento de la disolución, indicación de la forma de adjudicación de los mismos.
- Designación del liquidador:
- En caso de nombrarse un liquidador distinto a los actuales integrantes, certificar:
- Firmas
- Datos personales
- Que se tuvo a la vista el Libro de Actas de Asamblea que lo designa.
- Si alguno de los liquidadores es persona jurídica, realizar:
- Control de la personería
- Representación y domicilios
- Nombrar a la persona física a través de la cual actuará (artículo 82 de Ley 16.060).
- En caso de nombrarse un liquidador distinto a los actuales integrantes, certificar:
- Constancia de la destrucción o anulación de las acciones (esto no es necesario para clausuras con fecha de vigencia anteriores al 1 de noviembre de 2014).
- Que el escribano actuante consigne haber efectuado todos los controles anteriormente establecidos.
- En caso de pérdida, sustracción o destrucción de libros, presentar certificación notarial acreditando:
- Que se tuvo a la vista el acta de Asamblea con firmas certificadas y protocolizadas.
- La publicación en el Diario Oficial de esa circunstancia y la acreditación de su presentación ante el Juzgado de Paz correspondiente.
- Control de que se tuvo a la vista el Libro de Actas de Asamblea, donde se establezca:
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Clausura de actividades en MTSS
- Presentar la constancia en caso de haber contratado trabajadores dependientes.
Baja de Padrones Rurales
- En caso de contribuyente rural, se debe tener presente lo establecido en instructivo Baja de padrones rurales en el sitio web de BPS.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
- Formulario 6361 Confirmación de Datos.
Costos
Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 diciembre 2025.
Timbre profesional adicional en caso de designar liquidador y presentar Formularios 0351, 352 ó 353.
Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 0453 Inutilización de la documentación.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares, representantes o administradores que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Ingresar con Usuario y contraseña
- Seleccionar el trámite “Clausurar contribuyente ante BPS y DGI”
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
- Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- El formulario 0453 debe presentarse en 2 vías, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional debe presentarse en original y dos copias.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
- En el local DGI
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