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Última actualización: 29/08/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Clausura sociedades personales con contrato

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cese o clausura efectiva de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales de los contribuyentes.
 

Requisitos

  • Clausura ante la Dirección General Impositiva.

    • Requisito previo: Solicitar la clausura exclusivamente vía web:
      • Ingresar a la web de DGI - Servicios en Línea. Debe contar con clave o ID Digital
      • Seleccionar: Registro Único Tributario – Solicitud de clausura.
      • Aprobada dicha solicitud, presentar o adjuntar la documentación según la modalidad elegida.
  • Formulario 0355 - Cancelación / Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • Firmado por integrante/s. No es necesaria la firma de todos los integrantes, si adjunta testimonio notarial del acta de disolución con firmas certificadas.

    Archivo asociado

  • Formulario 0453 - Inutilización de la documentación - DGI

    • Si corresponde. Detallar papelería impresa no utilizada y última utilizada.
    • Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Constancia de impresión no utilizada

    Si corresponde, presentar Formulario 4450, previo a realizar el trámite de clausura: 

  • Presentación de Acta.

    • Testimonio notarial del Acta de disolución y liquidación de la sociedad con certificación de firmas u original del Acta de disolución y liquidación de la sociedad con firmas certificadas. 
  • Certificación Notarial.

    El testimonio notarial o Acta original puede ser sustituido por Certificación Notarial, conteniendo:

    • Control del escribano:
      • Fecha del acta de disolución y liquidación con firmas certificadas.
      • Indicación de la no existencia de activos ni pasivos en la sociedad. De existir al momento de la disolución, indicación de la forma de adjudicación de los mismos.
    • Concurrencia de todos los socios a la liquidación, estableciendo nombre y cédula de identidad.
    • Que el escribano actuante consigne haber efectuado todos los controles anteriormente establecidos.

     

  • Certificación notarial de firmas.

    1. Si se presenta certificado notarial certificando las firmas del titular o representante:
      • El trámite puede ser presentado por titular, representante o un tercero.
    2. Si no se presenta certificado notarial cumpliendo tales requisitos:
      • El trámite puede ser presentado únicamente por titular o representante, exhibiendo su documento de identidad (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic).En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo. 
  • Clausura de actividades en MTSS

    • Presentar la constancia en caso de haber contratado trabajadores dependientes.
  • Actividad Agropecuaria

    • En caso de actividad agropecuaria, se debe tener presente el instructivo de BPS según el caso.

Otros datos de interés

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos – Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales. 

 

Iniciar Trámite en Línea

Costos

  • Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 diciembre 2025.-
  • Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 0453 - Inutilización de la documentación 

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
      • Sector Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Atención personalizada RUT.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
      • Ingresar con usuario y contraseña
      • Seleccionar el trámite “Clausurar contribuyente ante BPS y DGI”
      • Identificar el tipo de trámite a realizar.
    2. Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
     

    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • Los formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
      • Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      • El formularios 0453 debe presentarse en 2 vías, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      • La documentación adicional debe presentarse en original y dos copias.

    En interior:

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el local DGI
      • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT – Ventanilla Única - Subsuelo.

     

  • Enlaces relacionados

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