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Última actualización: 21/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Clausura de sociedades personales con contrato (Colectiva, SRL, LTDA) en el RUT

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Consiste en el cese o clausura efectiva de todas las actividades u obligaciones previstas en las disposiciones legales de los contribuyentes. 

Requisitos

Formularios:

  • Formulario 0355 “Cancelación” (en 3 vías), firmado por todos los integrantes, con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado. No es necesaria la firma de todos los integrantes si adjunta testimonio notarial del acta de disolución con firmas certificadas.
  • Formulario 0453 “Inutilización de la documentación” detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.(*) 
  • Formulario 3/006 (DGI) para máquina registradora (en 2 vías), si corresponde, firmados por todos los integrantes de la sociedad.
  • Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías) si fuera múltiple empresario (excepto contribuyentes rurales), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-   Ver Formularios (Formularios BPS)  Documentación a presentar:

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
  • Constancia de impresión no utilizada, si corresponde.
  • Original y fotocopia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, que acredite la no existencia de expedientes en trámite con motivo de incumplimientos de las normas laborales o multas impagas. (Excepto monotributo Mides). Se debe tener en cuenta que esta constancia se exigirá únicamente ante la clausura total del contribuyente.
  • 2 Fotocopias de documento de identidad vigente.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad vigente.
  • Testimonio notarial del Acta de Disolución y liquidación de la sociedad con certificación de firmas en 2 vías u original del Acta de disolución y Liquidación de la sociedad con firmas certificadas y  2copias simples. El testimonio notarial  o Acta original podrá ser sustituido por: Certificación notarial y 3 fotocopias donde el Escribano:
    • controle fecha del acta de disolución y liquidación con firmas certificadas, con indicación de la no existencia de activos ni pasivos en la sociedad; de existir al momento de la disolución establecer cómo se adjudica.
    • concurrencia de todos los socios a la liquidación estableciendo nombre y cédula de identidad
    • consigne en el certificado el haber efectuado todos los controles anteriormente establecidos.

 Nota:

  • En caso de actividad agropecuaria se deberá tener en cuenta el instructivo de BPS correspondiente según el caso.

 (*) Al Formulario 0453 se deberá adjuntar una copia de documento vigente de titular y una copia del gestor, en caso que corresponda.

Requisito:Contrato para uso de servicios en linea CON BPS

  • Contrato: Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho  trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Persona BPS

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de clausura.
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    Solicitud de Clausura:

      Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía Web, para ello deberán ingresar en servicios en línea de DGI (registrándose con PIN o Contrato Web) y hacer click en solicitud de Clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario.  Una vez aprobada dicha solicitud, deberá presentar la documentación.

    En persona

    Previa agenda web:

    • Registro de Contribuyentes y Empresas:
      • Debe reservar día y hora a través del servicio en línea de Agenda Web.
    • Local DGI:
      • Debe reservar día y hora a través del servicio en línea de Agenda Web.
    • Se deberá ingresar como requisito previo, una solicitud de clausura exclusivamente vía web.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder en solicitud de Clausura, dentro de las opciones de Registro Único Tributario. 
    3. Una vez aprobada dicha solicitud, deberá concurrir en forma presencial.

    En línea desde la Web de BPS:

     

    1. A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Clausura contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

      Nota: no debe adjuntar timbre profesional en Formularios BPS o DGI-BPS ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS. Si corresponde adjuntar Formulario 0453 (exclusivo DGI) deberá enviarse con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Agendarse previamente en línea.
    2. Presentarse el día y hora agendado con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web. En Montevideo:

    • Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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