Cobro de peculio por tareas realizadas en unidades de internación
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que se realiza para que las personas ex privadas de libertad, puedan solicitar información y en caso de corresponder, el cobro de peculio por trabajos realizados en la Unidad donde estuvo alojado.
Peculio es la remuneración percibida por las personas privadas de libertad en el contexto de trabajos realizados dentro de las Unidades de Internación.
Durante su reclusión la Persona Privada de Libertad recibe parte del Peculio que se denomina "disponible". Una vez excarcelado se accederá al cobro del acumulado del porcentaje del peculios que se le fue depositando y se le denomina "indisponible".
Requisitos
- Cédula de Identidad vigente y en buen estado.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando al botón "Iniciar en línea" con su usuario u otro medio de identificación electrónica.
- Completar la información solicitada en el formulario web.
En persona
- Al ser liberado, concurrir personalmente a la oficina de la Sub Dirección Nacional Administrativa.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En Montevideo:
- En la sede de la Sub Dirección Nacional Administrativa del INR.
- Dirección:Cerro Largo 823.
- Teléfono: 2030 9054.
- Horario de atención: de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas.
- Correo Electrónico: inr-peculios@minterior.gub.uy
- En Montevideo: