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Última actualización: 20/12/2023
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Colectores solares - Certificado de Necesidad

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Certificado que deberán solicitar las empresas a los efectos de obtener la exoneración prevista en el Inciso 2º del Artículo 20 del Decreto 451/011 en la redacción dada por el Artículo 2º del Decreto 325/012.

Requisitos

  • Certificado de Fabricación Nacional emitido por la DNI que acredite el cumplimiento del requisito de fabricación nacional. Se deberán presentar tantos certificados como modelos de colectores se piensen producir con las materias primas a importar.
  • Facturas de importación de máquinas, equipos y materiales necesarios para la fabricación de colectores solares.
  • Documentación que proporcione una estimación de cantidades físicas y modelos a producir con las cantidades a importar.

Otros datos de interés

  • Plazo máximo 10 días hábiles una vez presentada en debida forma la solicitud.
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Costos

  • Formas de pago:

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