Comunicación de reducción voluntaria de capital integrado por pérdidas - Artículo 292
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Aplica cuando la sociedad cuenta con pérdidas, pero su cuantía es inferior a las condiciones previstas en la Ley 16.060 para que obligatoriamente deba reducirse el capital integrado y los accionistas resuelven igualmente reducir el mismo.
Requisitos
- Testimonio Notarial del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, en la que se aprobó la reducción de capital integrado.
- Certificado contable. (ver: Apertura Patrimonial)
- Declaración Jurada Cumplimiento de Obligaciones Leyes 18.930-19.484 Cap II
Plazo:
- La reducción de capital integrado que decida realizar la sociedad deberá ser comunicada dentro de los sesenta días contados a partir del día siguiente en el cual ha quedado firme la decisión (Num. 2 art. 3 Decreto 486/001).
Excepción:
- En caso que una sociedad anónima solicitare aprobación de un acto ante la A.I.N. en el que deba acreditar su capital integrado y el mismo hubiere sufrido modificaciones con motivo de la reducción, la comunicación requerida en este caso, se realizará en forma conjunta con la solicitud de aprobación.
Otros datos de interés
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con los medios para adjuntar documentación (formato PDF).
Nota: Al ingresar al formulario en línea usted tendrá la posibilidad de realizar múltiples Comunicaciones de Capital Contractual e Integrado.
En persona- Agendarse previamente mediante Agenda Web y para ello deberá contar con Usuario Innova Portal.
- Presentar Nota dirigida al Sr. Auditor Interno de la Nación comunicando la reducción voluntaria de capital integrado por pérdidas.
Por mayor información sobre como realizar el trámite ver Instructivo Nro. 11
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Completar el formulario web
- Realizar la valoración.
- Dar click en finalizar.
- Una vez procesada la solicitud, será notificada al correo electrónico indicado.
En persona- Presentándose el interesado el día y hora agendado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Montevideo:
- Auditoría Interna de la Nación.
- Dirección: Paysandú 941 - Piso 2 - Reguladora de Trámites.
- Horario de atención: de lunes a viernes
- Reguladora de Trámites de 10:00 a 16:00 horas
- Tesorería de 10:15 a 15:45 horas.
- Por consultas dirigirse a: mesadeayuda@ain.gub.uy
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