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Última actualización: 06/03/2024
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Secretaría

Devolución de garantía Instituto Nacional de Carnes (INAC)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la devolución de la garantía (requerida por INAC) en caso de cese de la empresa. Pueden ser:

  • Depósito en valores públicos por un monto equivalente a U$S 30.000.
  • Fianza.
  • Aval bancario.
  • Hipoteca sobre bien inmueble por U$S 30.000, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas.

Requisitos

  • Solicitud de la devolución de la garantía, especificando tipo y motivo.
  • Copia o escaneo de la Póliza de seguro del BSE o la Aseguradora correspondiente.
  • Certificado notarial que acredite la existencia, vigencia y control de la persona física o jurídica.
  • Estar al día con la DGI y BPS.
  • Estar libre de adeudos ante INAC - solicitar a INAC el certificado para el MEF (Lo envía INAC directamente a Mesa de Entrada del MEF).

Requisitos particulares:

  • En caso de clausura de la empresa presentar copia o escaneo de la Constancia de clausura ante DGI y BPS. 
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Costos

No tiene costo

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