Devolución de Montepío
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Refiere a cuando el pasivo considera que no es correcta la fecha de su desgravación o devolución de Montepío.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Solicitud del titular.
- Recibo de cobro (no excluyente).
- Formulario N°101 (versión 2.0) Relevamiento de datos personales.
Para trámites iniciados en el período 23 de marzo a 21 de julio de 2025, quienes inicien trámites deben de presentar constancia de voto, pago de multa o exoneración si correspondiere de las Elecciones Nacionales 2024.
Otros datos de interés
- Por razones ajenas al SRPFFAA, los trámites en línea se encuentran inhabilitados temporalmente.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
¿Cómo se hace?
En persona
- Presentarse titular o apoderado con la documentación solicitada.
- La documentación será evaluada por el organismo.
- En casos excepcionales y a los efectos de probar el derecho correspondiente, los departamentos técnicos y/o asesorías podrán solicitar otros datos y/o documentación probatoria.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA).
- Dirección: Uruguay 885, Montevideo.
- Departamento de Atención al Usuario. Hall Principal (Sector Trámites).
- Teléfonos: 29030257 al 60, internos: 1016 y 1017.
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.
En el interior:
Obligatoriedad de mantener la atención presencial (Decreto N° 231/017).
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