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Última actualización: 26/10/2020
PAYSANDU - Intendencia

Exoneración de contribución inmobiliaria rural hasta 50 hectáreas (prevista por Ley 19355 Artículo 448) - Paysandú

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Consiste en la exoneración de Contribución Inmobiliaria Rural a propietarios de padrones rurales explotados a cualquier título, los cuales no excedan 200 hectáreas, Índice CONEAT 100 y sean Productores Familiares (según Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca). La exoneración aplica hasta el tope de 50 hectáreas.

Requisitos

Requisitos generales:

  • Certificado de Productor Familiar, Ley Nº 19355, Artículo 448, expedido por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
  • Declaración Jurada ante la Intendencia de Paysandú (acompañada de un timbre profesional y fotocopia de Cédula de Identidad), indicando todos los padrones explotados al 1º de enero anterior.
  • Ultima Declaración Jurada anual ante DICOSE.
  • Declaración Jurada ante el BPS (formulario R500 y ratificaciones, según corresponda) o Formulario de Consulta de padrones de BPS.
  • Boleta de pago al BPS correspondiente al último cuatrimestre vencido.

En caso de requerir la aplicación de la exoneración para ejercicios anteriores corresponde la presentación de solicitud escrita acompañada de cinco (5) tributos municipales.

Importante:

  • Ante la no presentación de alguno de estos requisitos no podrá realizar el trámite. La documentación a presentar en fotocopia debe estar legible y en tamaño A4 (hoja común).

Otros datos de interés

La exoneración se reconocerá a los propietarios de padrones rurales con la condición de que el total de padrones explotados a cualquier título, no excedan 200 hectáreas índice CONEAT 100. Cumplida estas condiciones se exonera hasta 50 hectáreas propias índice CONEAT 100, siempre que el total de padrones pertenezca al departamento de Paysandú. Si los padrones propios pertenecen a distintos departamentos, se exonerará en proporción a su valor real.

Se debe solicitar en forma personal. Si fuere por terceros o gestores, se debe presentar Carta Poder certificada por Escribano con vigencia no mayor a un año.

El plazo de presentación de la solicitud es hasta el 10 de abril de cada año.

Iniciar trámite en línea

Costos

  • Timbre profesional valor $180 (pesos uruguayos ciento ochenta), uno por cada Declaración Jurada.
  • Tributo municipal, valor 35 UI (treinta y cinco Unidades Indexadas).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Solicitud de fecha y hora para la realización del trámite:

    1. Ingresar al botón "tramite en línea"
    2. Ingresar los datos solicitados y seleccionar los días, horarios y oficina de su preferencia
    Iniciar en Línea

    En persona

    • Agendarse previamente usando el botón "tramite en línea"
    • Se debe presentar el titular del bien inmueble o apoderado, en ventanilla de Oficina Recaudadora, Municipios o Juntas Locales, hasta el 10 de abril de cada año, con la documentación indicada anteriormente la Declaración Jurada deberá ser firmada ante un funcionario de la oficina receptora de la solicitud.
    • Se controla la documentación presentada.
    • Si corresponde, se procede a cargar la exoneración.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Paysandú:

    • Dirección de Hacienda, Oficina Recaudadora.
    • Dirección: Sarandí esquina Zorrilla de San Martín (Palacio Municipal)
    • Teléfono: 47226220 internos 2253 y 2255, 2140 y 2205. Fax interno 2256.
    • Correo electrónico: recaudadora@paysandu.gub.uy
    • Municipios y Juntas Locales del Departamento de Paysandú.
    • Horario de invierno: lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas.

     

    • Paysandú, Chapicuy
      • Dirección: Wilson Rodríguez esquina Ruta 3
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47504015
    • Paysandú, El Eucalipto
      • Dirección: José Lateulade sin número
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: Teléfono 47505241 Celular 091285648
    • Paysandú, Gallinal
      • Dirección: Calle 7 sin número
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47504113
    • Paysandú, Guichón
      • Dirección: 18 de Julio y Emilio Penza
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47422318
    • Paysandú, Lorenzo Geyres
      • Dirección: Guayabos y Arazá
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47504172
    • Paysandú, Piedras Coloradas
      • Dirección: Caja Bancaria esquina Ruta 90
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47472055
    • Paysandú, Porvenir
      • Dirección: Avenida Camino General a la Colonia esquina Treinta y Tres Orientales
      • Horario: Horario de atención de verano: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
      • Teléfono: 47202075
    • Paysandú, Quebracho
      • Dirección: 25 de Mayo Nº 98 esq. Artigas
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 47542040
    • Paysandú, Tambores
      • Dirección: 18 de Julio y Calle 7
      • Horario: Horario de atención: de lunes a viernes de 12:00 a 17:00 horas. Horario de atención de verano: de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 horas, vigente a partir de lunes 4 de diciembre de 2017.
      • Teléfono: 46308022

     

     

     

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