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Última actualización: 14/07/2025
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Habilitación de farmacias de 5º categoría

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que deben efectuar todos los establecimiento que pretendan funcionar como farmacias de 5° categoría.

El presente trámite es tanto para la habilitación por primera vez como para la renovación de la habilitación de dicho establecimiento.

Requisitos

  • Formulario de Solicitud de Habilitación Higienica

    Archivo asociado

  • Presentación de Planos.

    • Plano de planta física del establecimiento, firmada por Arquitecto y timbre profesional.
  • Memoria Descriptiva.

    • Memoria descriptiva del establecimiento, firmada por Arquitecto y timbre profesional
  • Planilla de Control de Trabajo - MTSS.

  • Titulo que acredite formación.

    • Titulo del Director Técnico de Químico Farmacéutico, con constancia de inscripción del mismo ante el MSP.
  • Certificado Notarial.

    • Certificado notarial que acredite nombre del titular y demás datos personales, inscripción en D.G.I. y B.P.S., domicilio fiscal y constituido, giro de la empresa, nombre comercial o fantasía de corresponder registrado ante el B.P.S. Para el caso de sociedades, control societario completo que acredite constitución modificaciones, integración actual, inscripción registral, publicaciones, representación legal y contractual de corresponder y vigencia, transcripción de objeto social en su totalidad, nombre comercial o fantasía de corresponder, registrado ante el B.P.S., cumplimiento de la Ley 17.904 y Ley 19.830.
  • Declaración Jurada.

    • Declaración Jurada de los propietarios con certificación de firmas, según art. 4 Decreto 801/986 (la personas físicas titulares o adquirientes deberán comunicar que no son profesionales médicos, odontólogos o veterinario).
    • Declaración Jurada de la empresa en la cual declare que su actividad principal es la actividad como farmacia de 5° categoría.
  • Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.

  • Carné de salud vigente.

    • Fotocopia, de todo el personal, inclusive propietario, Dirección Técnica y colaboradores.
  • Recibo de pago - Tesorería MSP.

    • Comprobante de pago del arancel correspondiente.
  • Certificado que acredite que el local se encuentre libre de plagas

  • Presentación de Procedimientos.

    • Procedimiento operativo de Recepción de mercadería.
    • Procedimiento operativo de Almacenamiento de mercadería y control de stock.
    • Procedimiento operativo de Armado de pedidos y expedición.
    • Procedimiento operativo de Control de condiciones ambientales.
    • Procedimiento operativo de Control de plagas.
    • Procedimiento operativo de Gestión de no conformidades.
    • Procedimiento operativo de Gestión de residuos.
    • Procedimiento operativo de Limpieza de áreas.
    • Procedimiento operativo de Retiro de productos de plaza (Recall).
    • Procedimiento operativo de liberación (Para la Droguería de productos químicos).
    • Procedimientos adicionales en los casos corresponda.
  • Presentación de Plan.

    • Plan de capacitación periódico del personal.
    • Aportar formato de etiquetas de productos químicos de fraccionamiento propio, en cumplimiento con Ordenanza N° 2816/2023
    • Aportar formato de etiquetas de productos químicos de fraccionamiento propio, en cumplimiento con Ordenanza N° 2816/2023 (solo para Droguería de productos químicos)
  • FO11012001 - Formulario para Citaciones y Notificaciones Electrónicas.

    Archivo asociado

Costos

Trámite Arancelado, consultar en Tesorería del MSP (tesoreria@msp.gub.uy)

Vías disponibles para realizar el trámite

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