Habilitación de local de recarga de municiones
Es el trámite que deben realizar las empresas, instituciones públicas o privadas y las personas que realicen o deseen iniciar las actividades de carga y recarga de municiones, y cuenten con un local físico en que se desarrollen tales actividades, debiendo solicitar la habilitación correspondiente.
Requisitos
Se debe completar el Formulario de Solicitud de Local de Recarga (.pdf 44,56KB), adjuntando la siguiente documentación y cumpliendo con los requisitos de seguridad:
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Fotocopia de Credencial Cívica.
- Fotocopia del Título de Habilitación para Adquisición y Tenencia de Armas (THATA).
- Certificado de Actividad Laboral.
- Domicilio donde está ubicada la sala de recarga.
En caso de Empresas:
- Fotocopia de Certificado Registro Único de Contribuyente.
- Fotocopia de Cédula de Identidad y Licencia de recargador de operarios.
Otros datos de interés
Actualización: La Habilitación de Local de Recarga deberá renovarse cada 3 (tres) años. Se deberá cumplir con medidas de seguridad establecidas en la Circular 14/R/94 de este Servicio, a fin de evitar accidentes, las cuales son inspeccionadas previo a la habilitación de las mismas.