Inscripción de asociación civil, club o fundación
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el proceso mediante el cual las Asociaciones Civiles, Clubes o Fundaciones cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica y que está asociado a la asignación de un número de registro.
Requisitos
- Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad elegida para la realización del trámite: presencial o por internet.
Otros datos de interés
Constancia del trámite:
- Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
- Formulario 6361 Confirmación de Datos.
- Copia sellada de los formularios presentados.
Plazo:
- La inscripción se realiza hasta el día de ingreso del personal dependiente. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetExclusivo para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo.
- El formulario será proporcionado por BPS vía mail una vez que el usuario envió la solicitud.
- Formulario 0380 (en 3 vías) con un timbre profesional.
- Contrato para uso de servicios en linea CON BPS.
- Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea.
En personaFormularios:
- Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
- Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” (en 3 vías)
- Formulario 0353 “Personas jurídicas vinculadas” (en 3 vías), si corresponde.
Ver Formularios
- 2 fotocopias de documento de identidad de los representantes.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
- Original y copia simple o testimonio notarial de la primera copia del contrato social otorgado en documento privado protocolizado o escritura pública.
- Certificación notarial y 3 fotocopias estableciendo:
Firma de todos los representantes legales del Consejo de Administración u Órgano Directivo.
Datos individualizantes de los representantes:
Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
Documento de Identidad (tipo, país de origen y numero)
Estado civil
Nacionalidad
Mayoría de edad
Domicilio particular
En caso de que el representante sea una persona jurídica deberá realizarse control de la personería, representación y domicilios.
Control de la personería jurídica y de la habilitación del Ministerio de Educación y Cultura, si corresponde.
Representación.
Fecha de constitución y fecha de aprobación de los estatutos.
Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. (*)
Modelo de Certificación Notarial
Aclaración:
- En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
- Servicio en Línea Inscripción de Empresa (Solicitud Web).
En persona- Presentando la documentación solicitada en nuestras oficinas, previa agenda web.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Previa Agenda Web. En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-VENTANILLA UNICA Subsuelo.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
En Interior:
- En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
- o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
- Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
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