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Última actualización: 23/09/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de Asociación Civil, Club o Fundación

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual las Asociaciones Civiles, Clubes o Fundaciones cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración. 

    Archivo asociado

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración. 

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Estatutos sociales.

    • Fundaciones: Original o Testimonio por exhibición del estatuto.
    • Asociaciones: Original o Testimonio por exhibición del acta de asamblea con aprobación del estatuto. 
  • Certificación Notarial.

    Estableciendo:

    • Fecha y lugar de constitución.
    • Firma de todos los representantes legales del Consejo de Administración Órgano Directivo.
    • Datos de los representantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
    • En caso de que el representante sea una persona jurídica, control de:
      • La personería jurídica, incluyendo aprobación de los estatutos por el Ministerio de Educación y Cultura e inscripción en DGR.
      • Representación y
      • Domicilios
    • Régimen de Representación y Administración, cargos y vigencia en el mismo.
    • Fecha de constitución y fecha de aprobación de los estatutos.
    • Domicilio Fiscal. Corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad. Especificar:
      • Calle, número de puerta y entre qué calles se ubica.
      • En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
    • En caso de que sea presentado y firmado por apoderado, deberá certificarse control de poder y vigencia.
    • Este certificado debe estar ligado a los Formularios 0351, 0352 y/o 0353.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Se realiza con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
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Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

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