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Última actualización: 30/04/2026
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de empresa unipersonal

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual una persona física cumple con la obligación de inscribirse como contribuyente ante la Administración Tributaria previo al inicio de la actividad económica.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario 0354 - Actualización/Anexo de inscripción locales Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales DGI BPS

    • En caso de registrar más de un local.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración

    Archivo asociado

  • Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS

    • Si fuera múltiple empresario.
    • No corresponde a quienes realicen actividades rurales.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
  • Constancia de Domicilio Fiscal

    • Adjuntar factura original completa, de no más de 60 días ó contrato ,(si aún no fue emitida la primera factura), exclusivamente de UTE, OSE o ANTEL, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • Las facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
    • Identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, debe indicar el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
  • Certificación Notarial.

    De no contar con Constancia de domicilio fiscal de acuerdo a los requisitos detallados anteriormente, puede sustituirse por certificación notarial conteniendo:

    • Firmas del titular.
    • Datos personales:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal.
      • Domicilio particular.
      • Domicilio fiscal, especificando las calles entre las cuales se ubica, y correspondiendo al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
  • Documento de Identidad.

    • Si el trámite es realizado por el titular o representante deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
    • Si el trámite es realizado por uno un tercero deberá presentar copia del documento de identidad del titular, titulares o representante. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
    • En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo. 
  • Actividad Agropecuaria

  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
  • Petición

    En caso de declarar una fecha de inicio de actividad retroactiva, mayor a 90 días corridos.

    • La gestión se realiza mediante la presentación de una petición en:
    • Adjuntar los requisitos detallados y los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad desarrollada.   

Otros datos de interés

PLAZO – Trámite Web:

  • Puede realizarse dentro del mes en curso de inicio de actividades.
  • Si el inicio de actividades es el mes siguiente: puede realizarse con carácter previo de hasta 10 días, a partir del día 25 del mes en curso.

PLAZO – Trámite Presencial:

  • Se realiza con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días. 

Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE Web:           

  • Confirmación o rechazo a la dirección de correo electrónico indicada en el trámite. 

CONSTANCIA DEL TRÁMITE Presencial:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
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Costos

  • Timbre profesional $ 270 del 01 de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
  • Timbre profesional adicional cuando corresponda presentar formulario 205 - Declaración Jurada trabajadores no dependientes (BPS). Sólo para trámite presencial.

Vías disponibles para realizar el trámite

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