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Última actualización: 30/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de una empresa Unipersonal Monotributo

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual una persona física cumple con los requisitos para quedar amparado al régimen de Monotributo, y por lo tanto deberá inscribirse como contribuyente ante la Administración Tributaria previo al inicio de la actividad económica.

Requisitos

Podrán optar por este tributo los contribuyentes unipersonales que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones:

  • Desarrollen actividad de reducida dimensión económica, no realizando la explotación de más de un puesto o de un pequeño local simultáneamente.
  • Integradas por el titular y su cónyuge o concubino colaborador y no ocupe más de un dependiente.
  • Los ingresos derivados de su actividad no superen, en el ejercicio, el 60 % del límite establecido en el literal E) del artículo 66 del Título 4 del Texto Ordenado 2023.
  • Enajenen bienes y presten servicios exclusivamente a consumidores finales, no pudiendo prestar servicios personales fuera de la relación de dependencia como intermediarios.
  • Que ejerzan una única y exclusiva actividad de afiliación patronal, no pudiendo ser integrantes inactivos (titular y cónyuge o concubino colaborador) de cualquier tipo de sociedad personal o tenga la calidad de director de sociedades anónimas aun cuando permanezcan inactivos. Quedan exceptuados los productores rurales que complementen los ingresos derivados de la producción de bienes en estado natural con la enajenación en forma accesoria de otros bienes agropecuarios, en estado natural o sometido a algún proceso artesanal (esto no es de aplicación para los productores artesanales de quesos).
  • En caso de que el titular, cónyuge o concubino colaborador perciba una prestación de jubilación por Industria y comercio deberá cumplir con las siguientes condiciones: 
    • Ingreso jubilatorio menor o igual a 3 BPC.
    • Que integren hogares en los que el ingreso promedio para cada integrante de dicho núcleo sea igual o inferior a 3 BPC. A tales efectos, se considerarán todos los ingresos salvo los originados por la percepción del ingreso ciudadano, las asignaciones familiares y el seguro por desempleo motivado por el despido del trabajador.
    • Que la actividad a registrar sea diferente a la que dio origen a la prestación de pasividad.

El titular debe constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Otros datos de interés

Plazo:

Trámite web:

  • La inscripción se podrá realizar dentro del mes en curso de inicio de actividades.
  • Cuando el inicio de actividades recaiga sobre el mes siguiente al corriente, la inscripción se podrá realizar con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días, a partir del día 25 del mes en curso.

Trámite presencial:

  • La inscripción se realiza con carácter previo (dentro de los 10 días anteriores al inicio) y hasta el inicio de actividades.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Constancia del trámite:

Trámite web:

  • En la dirección de correo electrónico indicada en el trámite, recibirá la confirmación o rechazo del mismo según corresponda. 

Trámite presencial:

  • Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Timbre profesional $ 250 del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-

 

 

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    Aclaraciones:

    • El costo del timbre profesional será incluido en la cuenta de la empresa de BPS.

    En persona

    • Agendarse previamente desde el instructivo en la web de BPS donde al final del mismo, deberá seleccionar:
      • Departamento: Montevideo;
      • Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR), donde podrá visualizar las agendas disponibles. 

    Formularios

    • Formulario 0351 Inscripción y actualización - en tres vías y doble faz - con un timbre profesional.
    • Formulario 0354 Anexo de inscripción y actualización de locales  - en tres vías y doble faz -  en caso de registrar más de un local.

    Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Documentación adicional presentar:

    • Constancia de domicilio fiscal:
      • Factura original completa y reciente (de no más de 60 días) de empresas públicas (UTE, ANTEL, OSE, etc.) o privadas (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, TV cable, etc.) a nombre del titular, donde figure el domicilio particular para el caso de feriantes y ambulantes o del domicilio fiscal donde desarrolla la actividad en demás casos, adjuntando 2 fotocopias del mismo. En caso de no tener una factura que cumpla con esas condiciones, presentar la constancia de domicilio expedida por la Seccional Policial y 1 fotocopia.  
    • Esta documentación podrá ser sustituida por una certificación notarial, y dos copias, que contenga:
      • Firma del titular.
      • Datos personales: 
        • nombre completo (indicar si no tiene segundo apellido)
        • documento de identidad         
        • estado civil
        • nacionalidad
        • capacidad legal
        • domicilio particular.
        • Domicilio fiscal (donde se desarrolla la actividad de la empresa) especificando entre qué calles se ubica.
    • En caso de tener Pasividad por Industria y Comercio último recibo de cobro y fotocopia del mismo.

     Aclaraciones

    • En caso de que el trámite se realice presentando como constancia de domicilio fiscal una factura de empresas públicas o privadas, el titular deberá exhibir su documento de identidad. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic. En el caso de personas con documento extranjero, deberán adjuntar dos copias del mismo.
    • El trámite podrá ser presentado por un tercero, únicamente cuando los formularios se encuentren acompañados de certificado notarial con los requisitos establecidos.
    • En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
    • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, deberá presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
    • Las empresas deben informar el Consejo de salarios correspondiente a su actividad para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
    • Inscripciones retroactivas: las solicitudes de inscripción de Industria y Comercio, cuya fecha de inicio de actividad sea anterior a 90 días corridos, deben realizarse mediante una petición, que se gestiona en Mesa de Entrada de Montevideo o en sucursales y agencias del interior del país. Para ello, se debe presentar una nota (ver formalidades) acompañada de los requisitos de inscripción y de todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.

     

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
    3. Deberá seleccionar Inscribir Empresa y completar los campos requeridos.

    Toda la información necesaria para el registro se completa en línea, por lo que no requiere presentación de documentación alguna.

    De requerir más información, puede acceder al Instructivo de servicios línea – Inscribir empresa unipersonales.

    Iniciar en Línea

    En persona

      1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      En Montevideo:

      • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
        • Sarandi 570, Planta Baja.
        • Deberá agendarse previamente desde el instructivo en la web de BPS donde al final del mismo, deberá seleccionar:
          • Departamento: Montevideo;
          • Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR), donde podrá visualizar las agendas disponibles. 

      En interior:

      • No aplica.
    • Enlaces relacionados

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