Inscripción de una empresa Unipersonal Monotributo
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual una persona física cumple con los requisitos para quedar amparado al régimen de Monotributo, y por lo tanto deberá inscribirse como contribuyente ante la Administración Tributaria previo al inicio de la actividad económica.
Por mayor información Monotributo
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0354 - Actualización/Anexo de inscripción locales Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales DGI BPS
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Constancia de Domicilio Fiscal
- Adjuntar factura original completa, de no más de 60 días ó contrato (si aún no fue emitida la primera factura), de empresas pública (UTE, OSE o ANTEL) o privadas (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, etc.) a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
- En caso de feriantes y vendedores ambulantes, debe estar a nombre del titular y con el domicilio particular del mismo. De no contar con cualquiera de ellos, podrá presentar constancia de domicilio expedida por la seccional policial y una fotocopia.
- Estas facturas pueden ser sustituidas por constancia de domicilio fiscal digital expedida por AGESIC, que puede descargarse en: Declaración Digital de Domicilio, a nombre del titular y con el domicilio fiscal que declara.
- Identificar en el formulario calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, debe indicar el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, debe indicar ruta, km y número de padrón.
Certificado Notarial.
De no contar con Constancia de domicilio fiscal de acuerdo a los requisitos detallados anteriormente, puede sustituirse por certificación notarial conteniendo:
- Firmas del titular.
- Datos personales:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal.
- Domicilio particular.
- Domicilio fiscal, especificando las calles entre las cuales se ubica, y correspondiendo al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.
- En caso que concurrir un tercero a realizar el trámite:
- Presentar certificación notarial con los datos indicados.
- Si presenta constancia de domicilio fiscal mediante factura de UTE, OSE ANTEL, privadas, seccional policial o constancia de domicilio digital, el titular deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Petición
En caso de inicios retroactivos:
- Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:
- Presentar una Petición (ver formalidades) en Mesa de Entrada BPS.
- Acompañar con los requisitos indicados y con todos los elementos probatorios que sustenten el reconocimiento de la actividad patronal desarrollada.
- Si la petición se presenta a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Seleccionar: Otras Solicitudes
- Trámite: Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución.
- Solicitudes de Industria y Comercio con fecha de inicio de actividad anterior a 90 días corridos:
Otros datos de interés
Plazo:
Trámite web:
- La inscripción se podrá realizar dentro del mes en curso de inicio de actividades.
- Cuando el inicio de actividades recaiga sobre el mes siguiente al corriente, la inscripción se podrá realizar con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días, a partir del día 25 del mes en curso.
Trámite presencial:
- La inscripción se realiza con carácter previo (dentro de los 10 días anteriores al inicio) y hasta el inicio de actividades.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
Trámite web:
- En la dirección de correo electrónico indicada en el trámite, recibirá la confirmación o rechazo del mismo según corresponda.
Trámite presencial:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
- No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
Reservar día y hora a través de Inscribir empresas nuevas
- Seleccionar:
- Monotributo
- Si la actividad inició dentro del mes en curso ó No, si la actividad no inició dentro del mes en curso, según corresponda.
- Departamento: Montevideo
- Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR).
- Seleccionar:
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSi se realiza dentro del mes en curso de inicio de actividades:
Se tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder Ingresar con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Todos los servicios.
- Gestión de empresas (Registro y modificación de datos de empresa)
- Inscribir o reiniciar empresa
- Unipersonal
- Tipo de inscripción: Monotributo - Común
- Seleccionar: Hacer en línea
- Completar todos los datos requeridos
- Al confirmar la solicitud se le enviará al correo electrónico indicado al inicio del trámite, el resultado de la transacción.
- Tener en cuenta que a esta dirección se enviará toda comunicación relativa al trámite.
De requerir más información, puede acceder a:
- Inscribir empresas nuevas / Unipersonal.
Toda la información necesaria para el registro se completa en línea, por lo que no requiere presentación de documentación alguna.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales, impresos en doble faz.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional deberá presentarse original y 2 copias.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
En el local BPS
- Sarandí 570 – Planta Baja
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